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INSTRUCCIONES PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA DE VISAS DE DIVERSIFICACIÓN DE INMIGRANTES DEL 2007 (DV-2007)


Publicado: 3 de octubre, 2005

El Programa de Diversificación de Inmigrantes, promulgado por el Congreso de los Estados Unidos, lo administra cada año el Departamento de Estado conforme a la sección 203(c) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, siglas en inglés). La sección 131 de la Ley de Inmigración de 1990 (Ley Pública 101-649) modificó la sección 203 de la INA para formar una nueva categoría de inmigrantes, los “inmigrantes de diversificación”, o “inmigrantes DV”. Conforme a esa ley, cada año se ponen 50,000 visas de residente permanente a disposición de los nativos de países de escasa afluencia migratoria a los Estados Unidos.

Las instrucciones para el Programa de Visas de Diversificación de Inmigrantes del 2007 están también disponibles en Formato PDF.

Cada año, el Programa DV otorga visas de residente permanente a personas que reúnen requisitos sencillos que son aplicados estrictamente. Los solicitantes de las visas de diversificación son seleccionados al azar por sorteo computarizado. Las visas se distribuyen entre seis regiones geográficas; el mayor número se concede a las regiones que tienen los índices más bajos de inmigración a los Estados Unidos, y no se concede ninguna visa a los ciudadanos de aquellos países que hayan enviado a más de 50,000 inmigrantes a los Estados Unidos en los últimos cinco años. En cada región y para cada año, a ningún país se le puede otorgar más del 7% de las visas de diversificación disponibles.

Para el DV-2007, los nativos de los siguientes países no tienen derecho a participar en el programa porque dichos países han enviado a más de 50,000 inmigrantes a los Estados Unidos a lo largo de los últimos cinco años:

CANADÁ, CHINA (continental), COLOMBIA, COREA DEL SUR, EL SALVADOR, FILIPINAS, HAITÍ, INDIA, JAMAICA, MÉXICO, PAKISTÁN, POLONIA, REINO UNIDO (excepto Irlanda del Norte) y sus territorios dependientes, REPÚBLICA DOMINICANA, RUSIA y VIETNAM. Los nacidos en Hong Kong (Región Administrativa Especial), Macao (Región Administrativa Especial) y Taiwán tienen derecho a presentar solicitudes.

LAS SOLICITUDES PARA EL SORTEO DE LAS VISAS DE DIVERSIFICACIÓN DEL AÑO 2007 (DV-2007) DEBEN PRESENTARSE ELECTRÓNICAMENTE ENTRE EL MIERCOLES, 5 DE OCTUBRE DE 2005 Y EL DOMINGO, 4 DE DICIEMBRE DE 2005. LOS SOLICITANTES PUEDEN ACCEDER A LA SOLICITUD ELECTRÓNICA DE VISA DE DIVERSIFICACIÓN EN ‘WWW.DVLOTTERY.STATE.GOV’ DURANTE EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN A PARTIR DEL MEDIODIA DEL 5 DE OCTUBRE. NO SE ADMITIRÁN SOLICITUDES EN PAPEL. SE RECOMIENDA A LOS SOLICITANTES QUE SE INSCRIBAN CON TIEMPO Y NO ESPEREN HASTA LA ÚLTIMA SEMANA DEL PERIODO DE REGISTRO PARA INSCRIBIRSE. UNA GRAN DEMANDA PUEDE OCASIONAR RETRASOS. NINGUNA INSCRIPCIÓN SERÁ ACEPTADA DESPUÉS DEL MEDIODIA DEL 4 DE DICIEMBRE DE 2005.

REQUISITOS PARA PARTICIPAR

El solicitante debe poseer la condición de nativo de uno de los países cuyos nativos son aptos. Ver “Listas de los países por regiones cuyos nativos son aptos”.

País cuyos nativos son aptos: En la mayoría de los casos, este término se refiere al país de nacimiento del solicitante. Sin embargo, existen otras dos formas en las que una persona pueda calificar. Primero, si la persona nació en un país cuyos nativos no son aptos pero que su cónyuge haya nacido en un país que lo sea, ésta puede asumir el país de nacimiento del cónyuge, siempre y cuando se expidan las visas al solicitante y al cónyuge y éstos entren a los Estados Unidos al mismo tiempo. Segundo, si la persona nació en un país cuyos nativos no son aptos, si ninguno de sus padres nació en ese país ni residía en el mismo en la fecha de nacimiento, la persona puede asumir el país de nacimiento de uno de los padres, siempre y cuando este país sea uno en el que sus ciudadanos de nacimiento califican para el programa DV-2007.

El solicitante debe cumplir con el requisito de educación o con el de experiencia laboral del programa DV.

Educación o experiencia laboral: Para participar, el solicitante deberá haber concluido satisfactoriamente la enseñanza secundaria o su equivalente (que se define como haber cumplido con éxito doce años de educación primaria y secundaria), o bien tener dos años de experiencia laboral, cumplidos en los últimos cinco años, en una profesión u oficio cuyo desempeño requiera al menos dos años de capacitación o experiencia. Para determinar la necesaria experiencia laboral se empleará la base de datos del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos, O*Net OnLine.

La persona que no reúna los requisitos anteriores NO deberá presentar una solicitud al programa DV.

PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR UNA SOLICITUD AL DV-2007

El Departamento de Estado sólo aceptará las solicitudes electrónicas de visa de diversificación presentadas electrónicamente en www.dvlottery.state.gov durante el período de inscripción a partir de las 12:00 m. hora oficial del Este (HMG -5) del 5 de octubre de 2005 y concluirá a las 12:00 m. hora oficial del este (HMG-5) del 4 de diciembre de 2005.

Se descalificarán todas las solicitudes de un solicitante en caso que presentara más de UNA sin tener en cuenta quién las haya presentado. Los solicitantes pueden preparar y presentar sus propias solicitudes, o encargarle a otra persona que haga la presentación en su nombre.

Al recibir la solicitud electrónica de visa de diversificación debidamente llenada, los solicitantes recibirán una notificación electrónica de acuse de recibo conteniendo el nombre del solicitante, su fecha de nacimiento, el país al que se cargará la visa otorgada, y un sello indicando la fecha y hora de la inscripción. El solicitante puede imprimir este mensaje de acuse de recibo con el fin de incluirlo en su expediente, haciendo uso de la función de impresión que aparece en la pantalla de su computadora.

No se admitirán solicitudes en papel.

Se descalificarán las solicitudes que no adjunten todas las fotografías requeridas. A cada solicitud electrónica de visa de diversificación se debe adjuntar de forma electrónica fotografías recientes del solicitante y de su cónyuge, así como de cada hijo o hija, incluidos los hijos naturales, los adoptados legalmente y los hijastros, (con excepción de los que ya sean ciudadanos o residentes legales permanentes de los Estados Unidos); que sean menores de 21 años. Si deberán ser incluidos los hijos o hijas que ya no vivan con el solicitante o no tengan intención de inmigrar a través del programa de visas de diversificación. No se aceptarán fotografías en grupo o en familia; debe haber una fotografía separada por cada miembro de la familia.

Una fotografía digital (imagen) de cada solicitante, su cónyuge y cada hijo deberá ser presentada electrónicamente junto a la solicitud electrónica de visa de diversificación. El archivo de imagen puede producirse mediante la toma de una nueva fotografía digital o mediante el escaneo de una fotografía en papel con un escáner digital.

Se podrán descalificar las solicitudes cuyas fotografías no sean recientes, hayan sido alteradas o no cumplan con las especificaciones detalladas a continuación.

Instrucciones para enviar una foto digital (Imagen)

El archivo de la imagen debe tener las siguientes especificaciones de composición y especificaciones técnicas y puede ser creado de una de las siguientes formas:

• Mediante la toma de una nueva fotografía digital.
• Mediante el escaneo de una fotografía en papel con un escáner digital.

Especificaciones de composición. La imagen digital enviada debe tener las siguientes especificaciones de composición o la solicitud será descalificada:

Posición de la cabeza
 – La persona fotografiada debe mirar directamente a la cámara.
 – La cabeza del fotografiado no debe inclinarse hacia arriba, ni hacia abajo, ni a los lados.
 – La cabeza del fotografiado debe abarcar aproximadamente el 50% de la superficie de la foto.

Fondo
 – La fotografía debe tomarse de forma que el fotografiado se encuentre ante un fondo neutro y de color claro.
 – No se aceptarán las fotografías tomadas con fondos muy oscuros o con dibujos.

Foco
 – No se aceptarán fotografías en las que la cara del fotografiado esté desenfocada.

Objetos decorativos
 – No se aceptarán fotografías en las que el fotografiado lleve anteojos de sol u otros accesorios que le cubran la cara.

Sombreros, tocados o vinchas
 – Se aceptarán fotografías en las que el fotografiado lleve sombrero u otro tocado sólo cuando lo hace por razón de sus creencias religiosas; aún así, no debe cubrir ninguna parte de la cara del solicitante.
 – No se aceptarán fotografías en las que el fotografiado lleve prendas en la cabeza que no tengan carácter específicamente religioso, por ejemplo, las de carácter tribal.
 – No se aceptarán fotografías de personal militar, de compañías aéreas o de otros empleos que lleven puestos sombreros o gorras.

Especificaciones técnicas. Las imágenes digitales presentadas deberán tener las siguientes especificaciones técnicas o el sistema rechazará automáticamente la solicitud electrónica de visa de diversificación, con notificación al remitente.

Mediante la toma de una nueva fotografía digital. Si se toma una nueva fotografía digital, ésta debe reunir las siguientes especificaciones:

• Formato del archivo de la imagen: La imagen debe estar en formato JPEG (Joint Photographic Experts Group).

• Tamaño del archivo de la imagen: El tamaño máximo del archivo de imagen deberá ser de sesenta y dos mil quinientos (62,500) bytes.

• Resolución de la imagen: Se aceptan dos nuevas resoluciones de imagen digital: 320 píxeles de alto por 240 píxeles de ancho o 240 píxeles de alto por 320 píxeles de ancho.

• Profundidad de color de la imagen: 24-bits, 8-bits o escala de grises de 8-bits. Nota: No se aceptarán imágenes monocromáticas (profundidad de color de 2-bits).

Mediante el escaneo de una fotografía en papel con un escáner digital. Antes de que una fotografía sea escaneada, ésta debe de tener las siguientes especificaciones:

• Tamaño de la impresión: Dos pulgadas por dos pulgadas (50 mm x 50 mm).

• Color de la impresión: La imagen debe ser a color o en escala de grises.

La impresión fotográfica debe tener también las siguientes especificaciones de composición. Si la fotografía tiene el tamaño, color y especificaciones de composición requeridas, puede escanear la fotografía usando las siguientes especificaciones de escaneo:

• Resolución del escáner: Debe escanearse con una resolución de 150 puntos por pulgada (PPI).

• Formato del archivo de la imagen: La imagen debe estar en formato JPEG (Joint Photographic Experts Group).

• Tamaño del archivo de la imagen: El tamaño máximo de la imagen será sesenta y dos mil quinientos (62, 500) bytes.

• Resolución de la imagen: 300 x 300 píxeles.

• Profundidad de color de la imagen: 24-bits, 8-bits o escala de grises de 8-bits. Nota: No se aceptarán imágenes monocromáticas (profundidad de color de 2-bits).

LA SOLICITUD

Sólo hay una manera de participar en el sorteo de visas de diversificación de 2007. Los solicitantes deben presentar la solicitud electrónica de visa de diversificación (solicitud DV), que se encuentra solo en www.dvlottery.state.gov. Si la solicitud no está llenada correcta y totalmente será descalificada. A los solicitantes se les pedirá que faciliten la siguiente información en la solicitud DV.

1. NOMBRE COMPLETO: Apellido, primer nombre, segundo nombre.

2. FECHA DE NACIMIENTO: día, mes, año.

3. SEXO: masculino o femenino.

4. CIUDAD/PUEBLO DE NACIMIENTO.

5. PAÍS DE NACIMIENTO – El nombre del país debe ser el utilizado en la actualidad para el lugar de nacimiento del solicitante.

6. FOTOGRAFÍA DEL SOLICITANTE – Véase la página 2 para información sobre las especificaciones de las fotografías.

7. DIRECCIÓN POSTAL: Calle y número, ciudad/pueblo, distrito/condado/provincia/estado, código postal, país.

8. NÚMERO DE TELÉFONO (optativo)

9. CORREO ELECTRÓNICO (optativo)

10. PAÍS DEL CUAL EL SOLICITANTE ASUME LA CONDICIÓN DE NATIVO SI NO ES EL DE SU NACIMIENTO – Si el solicitante asume la condición de nativo de un país en el que no nació, debe indicarlo en la solicitud.

11. ESTADO CIVIL: Soltero, casado, divorciado, viudo, legalmente separado.

12. NÚMERO DE HIJOS QUE NO ESTÉN CASADOS Y SON MENORES DE 21 AÑOS - Excepto los hijos que sean ciudadanos o residentes legales permanentes de los Estados Unidos.

13. INFORMACIÓN SOBRE EL CÓNYUGE: Nombre y apellido, fecha de nacimiento, sexo, ciudad/pueblo de nacimiento, país de nacimiento, fotografía.

14. INFORMACIÓN SOBRE EL/LOS HIJO/S – Nombre y apellido, fecha de nacimiento, sexo, ciudad/pueblo de nacimiento, país de nacimiento, fotografía.

NOTA: En la solicitud debe constar el nombre y apellidos, la fecha y lugar de nacimiento del cónyuge y de todos los hijos naturales del solicitante, así como de todos los hijos adoptivos y/o hijastros que no estén casados y sean menores de 21 años al momento de enviar la solicitud (salvo los hijos que ya sean ciudadanos o residentes permanentes de los Estados Unidos), aún cuando ya no esté casado/a con el padre/madre del/la hijo/a, y aún cuando el cónyuge o el/la hijo/a no resida actualmente con el solicitante y/o no inmigrará con él/ella. Se señala que a los hijos casados y a los que tengan 21 años o más NO se les incluirán en la visa de diversificación. La falta de información sobre todos los hijos ocasionará la descalificación de la solicitud de visa. (Véase la pregunta 11 en la lista de Preguntas Comunes.)

SELECCIÓN DE SOLICITANTES

Los solicitantes se seleccionarán al azar por computadora entre todas las solicitudes aptas recibidas. A los seleccionados se les notificará por correo entre mayo y julio de 2006 y se les darán nuevas instrucciones además de información sobre las tarifas exigibles para inmigrar a los Estados Unidos. A las personas no seleccionadas NO se les notificará. Las embajadas y los consulados de los Estados Unidos no estarán en condiciones de facilitar la lista de los solicitantes seleccionados. Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de los solicitantes seleccionados también podrán solicitar visas para acompañar o seguir al solicitante principal. Las visas del programa DV-2007 se expedirán del 1 de octubre de 2006 al 30 de septiembre de 2007.

Para recibir la visa, los solicitantes seleccionados por sorteo deberán reunir TODOS los criterios que para ello estipula la legislación de los Estados Unidos. La tramitación de las solicitudes y la expedición de las visas a los solicitantes seleccionados y a sus familiares aptos DEBE CONCLUIRSE antes de la medianoche del 30 de septiembre de 2007. Pasada esta fecha no se expedirá bajo ninguna circunstancia ninguna visa de diversificación ni se efectuará ningún ajuste, ni podrán los familiares obtener ninguna visa de diversificación para reunirse con el solicitante en los Estados Unidos.

Aviso importante

No se cobra ninguna tarifa por participar en el programa anual de DV. El Gobierno de los Estados Unidos no emplea a consultores externos ni se vale de servicios privados para administrar el programa de visas de diversificación. Cualquier intermediario u otra persona que ofrezca ayuda para efectuar la tramitación del programa DV lo hace sin la autorización ni el consentimiento del Gobierno de los Estados Unidos. Recurrir a los servicios de un intermediario u otro tipo de ayuda externa para preparar la solicitud depende enteramente del criterio del solicitante.

Una solicitud que cumpla los requisitos y sea presentada directamente por medios electrónicos por un solicitante tiene la misma posibilidad de ser seleccionada por la computadora del Centro Consular de Kentucky que la que se reciba a través de un intermediario pagado que haya llenado la solicitud en nombre del solicitante. Todas las solicitudes recibidas durante el período de inscripción del sorteo tienen las mismas probabilidades de ser seleccionadas dentro de la región que corresponda. Sin embargo, la recepción de más de una solicitud por persona, sea cual sea la fuente de la solicitud, descalificará al solicitante.


PREGUNTAS COMUNES ACERCA DE LA INSCRIPCIÓN EN EL PROGRAMA DE VISAS DE DIVERSIFICACIÓN

1. ¿QUÉ SIGNIFICA EL TÉRMINO “NATIVO”? ¿BAJO QUÉ CIRCUNSTANCIAS PUEDEN TENER DERECHO A PRESENTAR UNA SOLICITUD LAS PERSONAS QUE NO HAYAN NACIDO EN UN PAÍS APTO?

Por “nativo” generalmente se entiende haber nacido en un país determinado, sea cual fuera el país en que esa persona resida actualmente o el de su nacionalidad. Sin embargo, para efectos de inmigración, “nativo” puede significar también una persona que tiene derecho a ser “asignada” a un país determinado que no sea el de su nacimiento, en conformidad con las disposiciones de la sección 202(b) de la Ley sobre Inmigración y Nacionalidad.

Por ejemplo, si el solicitante principal ha nacido en un país cuyos nativos no son aptos para el programa DV de este año, puede pedir que se le asigne al país de nacimiento de su cónyuge, pero no se le concederá una visa DV-1 de diversificación a menos que su cónyuge tenga también derecho a participar en el programa DV y se le expida una visa DV-2, y los dos deberán entrar juntos en los Estados Unidos, en virtud de sus visas de diversificación. De igual manera, un hijo menor a cargo puede asignarse al país de nacimiento de uno de sus padres.

Por último, el solicitante que haya nacido en un país cuyos nativos no sean aptos para el programa de visas de diversificación de este año puede ser asignado al país de nacimiento de cualquiera de sus padres, siempre que ninguno de éstos haya sido residente del país no apto en el momento del nacimiento del solicitante. Por lo general, no se consideran residentes de un país a las personas que no hayan nacido ni se hayan naturalizado legalmente en él, si sólo están de visita temporal o hayan sido enviados a dicho país por razones comerciales o profesionales o en representación de una empresa o gobierno.

El solicitante que desee que se le asigne a un país que no sea el de su nacimiento, tiene que proporcionar la información pertinente en la solicitud de inscripción. Nótese que listar el país incorrectamente (por ejemplo, un país del cual no pueda establecer un legítimo reclamo) puede descalificar su solicitud.

2. ¿HAY ALGÚN CAMBIO O REQUISITO NUEVO EN LOS PROCEDIMIENTOS DE SOLICITUD PARA LA INSCRIPCIÓN EN ESTE PROGRAMA DE VISAS DE DIVERSIFICACIÓN?

Todas las solicitudes de participación en el sorteo de visas de diversificación para 2007 tienen que entregarse electrónicamente en www.dvlottery.state.gov entre el miércoles 5 de octubre de 2005 y el domingo 4 de diciembre de 2005. No se aceptará ninguna solicitud en papel.

El Departamento de Estado implementó un sistema de inscripción electrónica para la lotería para hacer más eficaz y segura la tramitación de las visas de diversificación. El Departamento emplea una tecnología especial y otros medios para identificar a los solicitantes que incurran en fraude con fines de inmigración ilegal o los que presentan más de una solicitud.

El plazo de inscripción en el programa de diversificación de visas de inmigrantes para 2007 se extenderá a partir del mediodía (hora oficial del Este) del 5 de octubre de 2005 hasta el mediodía (hora oficial del Este) del 4 de diciembre de 2005.

3. ¿SE REQUIEREN FOTOGRAFÍAS DE CADA FAMILIAR O SOLAMENTE DEL SOLICITANTE PRINCIPAL?

Se exigen fotografías recientes e individuales del solicitante, su cónyuge y cada uno de los hijos menores de 21 años. No se aceptarán las fotografías familiares o en grupo. Revise la información sobre los requisitos de fotografías que figura en la página 2 del presente boletín.

4. ¿POR QUÉ LOS NATIVOS DE CIERTOS PAÍSES NO TIENEN DERECHO A PARTICIPAR EN EL PROGRAMA DE DIVERSIFICACIÓN?

Las visas de diversificación tienen por objeto dar la oportunidad de inmigrar a personas procedentes de países que no estén entre los que envían gran número de inmigrantes a los Estados Unidos. La legislación estipula que no se ofrecerán visas de diversificación a los nativos de países considerados de “elevada admisión”. Estos quedan definidos por la legislación como países a partir de los cuales en los últimos cinco años hubo 50,000 inmigrantes en las categorías de visas familiares y de empleo. Cada año, la Oficina de Ciudadanía y Servicio de Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, siglas en inglés) suma las cifras de inmigrantes llegados de cada país por concepto familiar y de empleo en los cinco años anteriores para identificar los países cuyos nativos deben excluirse anualmente de la lotería de diversificación. Como antes de cada convocatoria de solicitudes de visas de diversificación se hace un nuevo cálculo, la lista de países cuyos nativos no son aptos puede variar de un año a otro.

5. ¿CUÁL ES EL LÍMITE NUMÉRICO IMPUESTO A LAS VISAS DE DIVERSIFICACIÓN PARA 2007?

De acuerdo a ley, el programa de visas de diversificación de inmigrantes ofrece anualmente un máximo de 55,000 visas de residente permanente a los solicitantes aptos. Sin embargo, la Ley de Ayuda a Nicaragua y Centroamérica (NACARA, siglas en inglés), aprobada por el Congreso en noviembre de 1997, estipula que a partir del DV-99 y mientras sea necesario, se asignarán al programa NACARA 5,000 de las 55,000 visas anuales de diversificación. La reducción efectiva del límite a 50,000 comenzó a partir del DV-2000 y sigue vigente para el programa de 2007.

6. ¿CUÁLES SON LOS LÍMITES REGIONALES DE LAS VISAS DE DIVERSIFICACIÓN DEL DV-2007?

La Oficina de Ciudadanía y Servicio de Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, siglas en inglés) determina cada año los límites regionales para el Programa DV según la fórmula que figura en la sección 203(c) de la Ley sobre Inmigración y Nacionalidad (INA). Se anunciarán los límites regionales de visas una vez que el USCIS haya realizado los cálculos pertinentes.

7. ¿CUÁNDO SE ACEPTARÁN LAS SOLICITUDES PARA EL PROGRAMA DV-2007?

El período de inscripción para el DV-2007 comenzará al mediodía (hora oficial del Este) del miércoles 5 de octubre de 2005 y concluirá al mediodía (hora oficial del Este) del domingo 4 de diciembre de 2005. Cada año se reciben millones de solicitudes durante el período de inscripción. Este enorme volumen de solicitudes genera una gran cantidad de trabajo para seleccionar y procesar a los solicitantes aptos. Al fijarse el período de inscripción entre octubre y diciembre se asegura que a los solicitantes seleccionados se les notificará oportunamente de forma que, tanto los solicitantes como las embajadas y los consulados, tendrán tiempo de preparar y completar las solicitudes para la expedición de las visas. Se recomienda a los solicitantes que se inscriban con tiempo. Una excesiva demanda en los últimos días puede recargar el sistema. Ninguna inscripción será aceptada después del mediodía (hora oficial del Este) del 4 de diciembre de 2005.

8. ¿PUEDEN PRESENTAR SU SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN LAS PERSONAS QUE YA SE ENCUENTREN EN LOS ESTADOS UNIDOS?

Sí. El solicitante puede encontrarse en los Estados Unidos o en otro país, y la solicitud puede presentarse desde los Estados Unidos o desde el exterior indistintamente.

9. ¿ESTÁ LIMITADO CADA SOLICITANTE A PRESENTAR SOLAMENTE UNA SOLICITUD DURANTE EL PERÍODO ANUAL DE INSCRIPCIÓN DEL DV?

Sí. La legislación permite solamente una solicitud por o para cada persona durante cada período de inscripción. En caso de que se reciba más de una solicitud para una misma persona, ésta será descalificada. El Departamento de Estado empleará medios tecnológicos sofisticados y otros para identificar a las personas que presenten más de una solicitud durante el período de inscripción. Los solicitantes que presenten más de una solicitud serán descalificados y el Departamento de Estado mantendrá un registro electrónico permanente. Los solicitantes pueden presentar una solicitud para participar en el programa cada año durante el período normal de inscripción.

10. ¿PUEDEN PRESENTAR LOS CÓNYUGES SOLICITUDES POR SEPARADO?

Sí. Si el esposo y la esposa reúnen cada uno los requisitos pueden presentar una solicitud cada uno. Si cualquiera de los dos resultara seleccionado, el otro tendría derecho a la condición derivada.

11. ¿A QUÉ FAMILIARES DEBO INCLUIR EN MI SOLICITUD DE DV?

En la solicitud debe incluir a su cónyuge, ya sea el esposo o la esposa, así como a todos los hijos solteros menores de 21 años al momento de enviar la solicitud, a excepción de los que ya sean ciudadanos de los Estados Unidos o residentes legales permanentes. Se debe incluir al cónyuge incluso si en la actualidad el matrimonio está separado a menos que estuvieran legalmente separados (por ejemplo cuando existe un acuerdo por escrito reconocido por una Corte o la orden de una Corte). Si el solicitante y el cónyuge están legalmente separados o divorciados, no hace falta incluir a su ex cónyuge. Se debe incluir a TODOS los hijos solteros menores de 21 años, ya sean hijos naturales del solicitante, hijos del cónyuge, o hijos adoptados legalmente conforme a la legislación del país, salvo que ese hijo ya sea ciudadano o residente permanente legal de los Estados Unidos. Deben incluirse a todos los hijos menores de 21 años, aún cuando no vivan con el solicitante o no tengan la intención de inmigrar bajo el programa DV.

El hecho de incluir a los familiares en la solicitud no significa que luego éstos tengan la obligación de viajar con el solicitante. Pueden elegir quedarse en su país. Sin embargo, si al momento de solicitar la visa se incluyera alguna persona a cargo apta que no hubiera sido incluida en la inscripción original, su solicitud quedará descalificada. (Esto sólo se refiere a las personas que estaban a cargo al momento de presentar la solicitud original y no a las que se incorporen a la familia posteriormente.) Un cónyuge puede presentar una solicitud por separado, aunque ya figure en la de su esposo o esposa, a condición de que en las dos solicitudes consten los datos de todos los familiares a cargo. Véase la anterior pregunta 10.

12. ¿DEBE PRESENTAR CADA SOLICITANTE SU PROPIA SOLICITUD O PUEDE ACTUAR ALGUIEN EN SU NOMBRE?

Los solicitantes pueden preparar y presentar su propia solicitud de inscripción o encargar que alguien lo haga en su nombre. Lo haga el solicitante directamente, o le ayude un abogado, amigo, familiar, etc., solamente puede presentarse una solicitud a nombre de cada persona. Si la solicitud resultara seleccionada, la carta de notificación correspondiente se enviará solamente a la dirección indicada en la solicitud.

13. ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS DE EDUCACIÓN O EXPERIENCIA LABORAL?

La legislación y los reglamentos exigen que cada solicitante haya aprobado al menos la enseñanza secundaria o su equivalente o que tenga dos años de experiencia laboral (en los últimos cinco años) en una profesión u oficio cuyo desempeño requiera al menos dos años de capacitación o experiencia. Por “enseñanza secundaria o su equivalente” se entiende haber cursado y aprobado doce años de educación primaria y secundaria en los Estados Unidos o en el caso de haber estudiado en otro país, haber aprobado una enseñanza primaria y secundaria oficial equiparable a la educación secundaria en los Estados Unidos. Las documentos sustentatorios de educación o experiencia laboral no deberán presentarse con la solicitud de inscripción en el sorteo, sino al funcionario consular en el momento de la entrevista para la concesión de la visa. La experiencia laboral se juzgará conforme a las definiciones de la base de datos O*Net OnLine, del Departamento de Trabajo.

14. ¿CÓMO SE SELECCIONARÁN LOS SOLICITANTES GANADORES DEL SORTEO?

Se le asignará un número individual a cada solicitud recibida de cada región geográfica. Concluido el período de inscripción, una computadora seleccionará solicitudes al azar entre todas las recibidas de cada región del mundo. Para cada región geográfica, la primera solicitud seleccionada al azar será el primer caso registrado; la segunda solicitud seleccionada, el segundo caso registrado, y asi sucesivamente. Todas las solicitudes recibidas durante el período de inscripción tendrán las mismas posibilidades de ser seleccionadas según su región. Cuando una solicitud haya sido seleccionada, al solicitante se le enviará una carta de notificación del Centro Consular de Kentucky con las instrucciones pertinentes para la solicitud de la visa. El Centro Consular de Kentucky seguirá tramitando cada caso hasta que el seleccionado haya recibido instrucciones de presentarse para la entrevista de la visa en una oficina consular de los Estados Unidos o hasta que, si fuera el caso, se solicite un cambio de condición inmigatoria en alguna oficina del USCIS en los Estados Unidos.

15. ¿PUEDEN LOS SOLICITANTES SELECCIONADOS CAMBIAR SU CONDICIÓN INMIGRATORIA ANTE EL USCIS?

Sí, siempre que no haya obstáculo a que cambien de condición inmigratoria según la sección 245 de la Ley sobre Inmigración y Nacionalidad (INA), los solicitantes seleccionados que se encuentren físicamente en los Estados Unidos pueden solicitar a la Oficina de Ciudadanía y Servicio de Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, siglas en inglés) un cambio de condición a residente permanente. Los solicitantes deben asegurarse de que al USCIS le sea posible concluir la tramitación de su caso, incluida la de todo inmigrante por derivación, antes del 30 de septiembre de 2007, puesto que en esa fecha caducan las inscripciones en el Programa DV-2007. Bajo ninguna circunstancia se dispondrá de visas para el programa DV-2007 después de la medianoche del 30 de septiembre de 2007.

16. ¿SERÁN INFORMADOS LOS SOLICITANTES NO SELECCIONADOS?

No, los solicitantes que no sean seleccionados no recibirán ninguna respuesta a su solicitud de inscripción. Sólo se notificará a los seleccionados. Las cartas de notificación se enviaran a la dirección indicada en la solicitud entre cinco y siete meses después de haber concluido el plazo de inscripción de la solicitud. Como no se les notificará a los que no sean seleccionados, las personas que no reciban una carta de notificación entre cinco y siete meses después de haber concluido el plazo de inscripción de la solicitud deberán asumir que su solicitud no ha sido seleccionada.

17. ¿A CUÁNTOS SOLICITANTES SE SELECCIONARÁ?

Para el programa DV-2007 se ofrecen 50,000 visas de diversificación pero el número de solicitantes seleccionados será mayor. Como es muy probable que algunos de los primeros 50,000 seleccionados no reúnan los requisitos para conseguir la visa o no continúen la tramitación de sus expedientes hasta que se expida la visa, el Centro Consular de Kentucky seleccionará a más de 50,000 solicitantes para asegurar que se repartan todos las visas DV disponibles. Sin embargo, esto también presenta el riesgo de que no haya visas suficientes para todos los seleccionados inicialmente. Todos los solicitantes seleccionados serán notificados oportunamente de su lugar en la lista. Las entrevistas con los seleccionados comenzarán a principios de octubre de 2006. El Centro Consular de Kentucky enviará cartas de cita a los solicitantes seleccionados entre cuatro y seis semanas antes de la fecha prevista para la entrevista con los funcionarios consulares de los Estados Unidos en las representaciones en el extranjero. Las visas se expedirán mensualmente siempre que el número de visas disponibles lo permita a los solicitantes que estén previstos para recibirlas ese mes. Una vez que las 50,000 visas para el DV-2007 se hayan expedido, el programa para el año se dará por concluido. En principio, las visas disponibles podrían acabarse antes de septiembre de 2007. Los solicitantes seleccionados que deseen recibir sus visas deben estar preparados para tramitar sus expedientes con celeridad.

El haber sido seleccionado al azar por el sorteo realizado por la computadora del Centro Consular de Kentucky no garantiza automáticamente que reciba una visa.

18. ¿HAY UNA EDAD MÍNIMA PARA LOS SOLICITANTES AL PROGRAMA DV?

No hay una edad mínima para presentar una solicitud, pero el requisito de estudios completos de secundaria o de experiencia laboral para cada solicitante principal en el momento de presentar la solicitud de visa descalifica en la práctica a la mayoría de los menores de 18 años.

19. ¿SE COBRA ALGUNA TARIFA EN EL PROGRAMA DV?

No hay que pagar ninguna tarifa por presentar una solicitud. Posteriormente, las personas seleccionadas y cuyo expediente es tramitado en una sección consular de los Estados Unidos para el programa anual tendrán que abonar una tarifa especial de tramitación de solicitud de visa DV. Los solicitantes de visas DV, al igual que otros solicitantes de visas de inmigrantes, también tendrán que pagar las tarifas normales en el momento de la expedición de la visa. Los detalles acerca de estas tarifas figuran en las instrucciones que envía el Centro Consular de Kentucky a los solicitantes seleccionados.

20. ¿TIENEN LOS SOLICITANTES DE VISAS DE DIVERSIFICACIÓN UN DERECHO ESPECIAL PARA SOLICITAR SER EXIMIDOS DE CUALQUIERA DE LOS REQUISITOS QUE LES INHABILITAN PARA PODER RECIBIR UNA VISA?

No. Los solicitantes están sujetos a todos las motivos de inhabilitación para la concesión de visas de inmigrante estipulados en la Ley sobre Inmigración y Nacionalidad, y no hay ninguna disposición especial que exima cualquiera de esas causas de descalificación para visas, salvo lo estipulado por dicha Ley.

21. ¿PUEDEN SOLICITAR LA INSCRIPCIÓN PARA EL PROGRAMA DV LAS PERSONAS QUE YA ESTÁN INSCRITAS PARA QUE SE LES CONCEDA UNA VISA DE INMIGRANTE EN OTRA CATEGORÍA?

Sí, estas personas pueden presentar solicitudes para el programa DV.

22. ¿DURANTE CUÁNTO TIEMPO TIENEN DERECHO LOS SOLICITANTES SELECCIONADOS A SOLICITAR VISAS DE LA CATEGORÍA DV?

Los seleccionados en el sorteo DV-2007 tienen derecho a solicitar que se les expida una visa solamente durante el año fiscal 2007, es decir, de octubre de 2006 a septiembre de 2007, inclusive. Los solicitantes deben obtener la visa de diversificación de inmigrantes o cambiar de condición inmigratoria antes del final del año fiscal, es decir, el 30 de septiembre de 2007. Para las personas que estén inscritas pero que no obtengan la visa durante el año fiscal 2007 el derecho a la concesión de la visa no se traslada de un año a otro. Asimismo, los cónyuges e hijos cuya condición inmigratoria se derive de la inscripción en el programa DV-2007 solamente pueden obtener visas de la categoría DV entre octubre de 2006 y septiembre de 2007. A los que presenten la solicitud en el exterior se les notificará de la cita para la entrevista mediante carta del Centro Consular de Kentucky entre cuatro y seis semanas antes de la fecha prevista para la misma.

23. ¿CUÁNDO ESTARA DISPONIBLE LA SOLICITUD ELECTRÓNICA DE VISA DE DIVERSIFICACIÓN (SOLICITUD DV)?

Las solicitudes electrónicas estarán disponibles a partir de las 12:00 pm. (hora oficial del Este) (HMG-5) del 5 de octubre de 2005 y concluirá a las 12:00 pm.(hora oficial del Este) (HMG-5) del 4 de diciembre de 2005.

¿PODRE BAJAR Y GRABAR LA SOLICITUD ELECTRÓNICA DE VISA DE DIVERSIFICACIÓN EN EL PROGRAMA WORD DE MICROSOFT (U OTRO PROGRAMA COMPATIBLE) Y LUEGO COMPLETARLA ?
No. Usted no podrá grabar el formulario en otro programa para completarlo y mandarlo posteriormente. La solicitud electrónica de visa de diversificación es un formulario de la red (web) únicamente. Esto lo hace más universal, no solo para los que tienen un procesador de palabras. Adicionalmente, esto requiere que la información sea llenada y enviada electrónicamente.

25. ¿SI NO TENGO ACCESO A UN SCANNER, ¿PUEDO MANDAR FOTOGRAFIAS A UN PARIENTE EN ESTADOS UNIDOS PARA QUE ESCANEE LAS FOTOS, LAS GRABE EN UN DISKETTE Y LUEGO ME ENVIE EL DISKETTE PARA PRESENTAR MI SOLICITUD?

Sí. Usted lo puede hacer siempre que la fotografía cumpla con los requisitos de las instrucciones, y la fotografía sea enviada electrónicamente con, y al mismo tiempo, que la solicitud electrónica de visa de diversificación. El solicitante debe ya de tener el archivo de la fotografía escaneado cuando mande la solicitud electrónica. La fotografía no puede ser enviada separadamente de la solicitud electrónica. Solamente una solicitud electrónica por persona puede ser enviada. El envío de varias solicitudes descalificará a la persona para el sorteo de visas de diversificación 2007. La solicitud completa (fotografía y solicitud juntas) puede ser enviada electrónicamente desde los Estados Unidos.

26. ¿PUEDO GRABAR LA SOLICITUD ELECTRÓNICA PARA LLENAR UNA PARTE Y LUEGO REGRESAR MAS TARDE Y COMPLETAR LO QUE FALTA?

No. Esto no se puede hacer. El formulario de la solicitud electrónica de visa de diversificación está diseñado para ser llenado y enviado al mismo tiempo. Sin embargo, como el formulario tiene dos partes, y por las posibles interrupciones y retrasos en la red, el sistema de la solicitud electrónica de visa de diversificación está diseñado para mantenerse por sesenta (60) minutos entre que se baja el formulario y se recibe la solicitud en el sitio web (website) electrónico de visas de diversificación después de haber sido enviada electrónicamente. Si transcurrieran más de sesenta minutos, y la solicitud no hubiera sido recibida electrónicamente, la información recibida hasta ese momento es descartada. Esto está diseñado para que no haya posibilidad de que una solicitud completa sea interpretada accidentalmente como un duplicado de una anterior solicitud incompleta. Por ejemplo, supongamos que un solicitante que tiene esposa y un hijo envía la primera parte completa de la solicitud electrónica de visa de diversificación y luego cuando recibe la segunda parte del formulario, se demora en enviar esta segunda parte porque tiene problemas para encontrar el archivo donde está la fotografía del niño. Si la segunda parte completa es enviada por el solicitante y recibida en el sitio web (website) electrónico de visas de diversificación dentro de los sesenta (60) minutos no hay problema, pero si la segunda parte es recibida después de que han pasado sesenta (60) minutos, el solicitante será informado que necesita comenzar de nuevo la solicitud entera. Las instrucciones para el sorteo de visas de diversificación 2007 explican claramente y en forma completa qué información se necesita reunir para llenar el formulario. De esta forma usted puede estar bien preparado, y seguro de tener toda la información necesaria antes de empezar a llenar la solicitud electrónica.

27. SI LAS IMÁGENES DIGITALES ENVIADAS NO CUMPLEN LAS ESPECIFICACIONES, EL PROCEDIMIENTO ESTABLECE QUE EL SISTEMA RECHAZARÁ AUTOMÁTICAMENTE LA SOLICITUD ELECTRÓNICA DE VISA DE DIVERSIFICACIÓN, CON NOTIFICACIÓN AL REMITENTE. ¿ESTO SIGNIFICA QUE PUEDO REENVIAR MI SOLICITUD?

Si, la solicitud puede ser reenviada. Como la solicitud fue rechazada automáticamente, ésta no es en realidad considerada como enviada al website (sitio web) electrónico de visa de diversificación. Esta no cuenta como una solicitud electrónica enviada al sorteo de visa de diversificación y ninguna confirmación de recibo es enviada. Si hay problemas con la fotografía digital enviada porque no cumple con los requisitos, ésta es automáticamente rechazada por el sitio web (website) electrónico de visas de diversificación. Sin embargo, el tiempo que tome al mensaje de rechazo en llegar al remitente es impredecible debido a la naturaleza del Internet. Si los problemas pueden ser solucionados por el solicitante y la primera y segunda parte de la solicitud son reenviadas dentro de los sesenta (60) minutos, entonces no hay problema. De otra manera, el proceso de envío tendrá que comenzar nuevamente. Un solicitante puede tratar de enviar su solicitud tantas veces como sea necesario hasta que la solicitud completa sea recibida y el mensaje de confirmación enviado.

28. ¿LA CONFIRMACIÓN ELECTRÓNICA DE QUE LA SOLICITUD DE VISA DE DIVERSIFICACIÓN COMPLETA HA SIDO RECIBIDA A TRAVES DEL SISTEMA SERA ENVIADA INMEDIATAMENTE?

La respuesta del sitio web (website) del sorteo de visa de diversificación con la confirmación de recibo de una solicitud electrónica de visa de diversificación aceptada es enviada inmediatamente, pero cuanto tiempo tome la respuesta en llegar al remitente es impredecible debido a la naturaleza de Internet. Si muchos minutos transcurrieran después de haber presionado el botón de “Envío” sin recibir una respuesta, no hay problema en presionar el botón de “Envío” por segunda vez. El sistema electrónico de visa de diversificación no se confundirá si se presiona el botón de envío por segunda vez porque la respuesta de confirmación no ha sido recibida. El solicitante puede tratar de enviar la solicitud tantas veces como sea necesario hasta que la solicitud completa sea recibida y el mensaje de confirmación enviado.


LISTAS DE PAÍSES POR REGIÓN CUYOS NATIVOS SON APTOS

Las siguientes listas indican los países de cada región geográfica del mundo cuyos nativos son aptos para el programa de diversificación de inmigrantes. La determinación de los países en cada región se basa en la información proporcionada por el Geógrafo del Departamento de Estado. Los países cuyos nativos no reúnen los criterios para el DV-2007 fueron determinados por la Oficina de Ciudadanía y Servicio de Inmigración de los Estados Unidos mediante la aplicación de la fórmula prevista en la Sección 203 (c) de la Ley sobre Inmigración y Nacionalidad. Los territorios dependientes de ultramar están incluidos en la región del mundo que corresponde al país metropolitano. Los países cuyos nativos no son aptos para este programa de diversificación (por ser fuentes principales de inmigración por concepto de familia o de empleo, es decir países de alta procedencia de inmigrantes) se indican después de la lista regional correspondiente.

• AFRICA

Angola
Argelia
Benín
Botswana
Burkina Faso
Burundi
Cabo Verde
Camerún
Chad
Comoras
Congo
Costa de Marfil
Djibouti
Egipto
Eritrea
Etiopía
Gabón
Gambia
Ghana
Guinea
Guinea-Bissau
Guinea Ecuatorial
Kenia
Lesoto
Liberia
Libia
Madagascar Malaui
Mali
Marruecos
Mauricio
Mauritania
Mozambique
Namibia
Níger
Nigeria
República Centroafricana
República Democrática del Congo
Ruanda
Santo Tomé y Príncipe
Senegal
Seychelles
Sierra Leona
Somalia
Sudáfrica
Sudán
Suazilandia
Tanzanía
Togo
Túnez
Uganda
Zambia
Zimbabue

• AMERICA DEL NORTE

Bahamas

En América del Norte, los nativos de Canadá y de México no reúnen los criterios condiciones para el programa de diversificación de este año.

• OCEANIA

Australia (incluidos sus territorios y zonas dependientes de ultramar)
Fiji
Islas Marshall
Islas Salomón
Kiribati
Micronesia, Estados Federados de
Nauru
Nueva Zelanda (incluidos sus territorios y zonas dependientes de ultramar)
Palaos
Papua Nueva Guinea
Samoa
Tonga
Tuvalu
Vanuatu


 

• ASIA

Afganistán
Arabia Saudí
Bahrein
Bangladesh
Bhután
Birmania (Myanmar)
Brunei
Camboya
Corea del Norte
Emiratos Árabes Unidos
Hong Kong (Región Administrativa Especial)
Indonesia
Irán
Iraq
Israel
Japón
Jordania Kuwait
Laos
Líbano
Malasia
Maldivas
Mongolia
Nepal
Omán
Qatar
Singapur
Siria
Sri Lanka
Tailandia
Taiwán
Timor Oriental
Yemen

Los nativos de los siguientes países asiáticos no reúnen los criterios para el programa de diversificación de este año: China (nacidos en China continental), Corea del Sur, Filipinas, India, Paquistán y Vietnam. Por otra parte, Hong Kong (Región Administrativa Especial), y Taiwán sí reúnen los criterios y están reflejados en la lista que antecede. Macao (Región Administrativa Especial) también reúne los criterios y figura en la siguiente lista.



• AMERICA DEL SUR, AMERICA CENTRAL, Y EL CARIBE

Antigua y Barbuda
Argentina
Barbados
Belice
Bolivia
Brasil
Chile
Costa Rica
Cuba
Dominica
Ecuador
Granada
Guatemala Guyana
Honduras
Nicaragua
Panamá
Paraguay
Perú
San Cristóbal y Nieves
Santa Lucía
San Vicente y las Granadinas
Surinam
Trinidad y Tobago
Uruguay
Venezuela

Los nativos de los siguientes países no reúnen los criterios para el programa de diversificación de este año: Colombia, El Salvador, Haití, Jamaica, México y la República Dominicana.

• EUROPA

Albania
Alemania
Andorra
Armenia
Austria
Azerbaiyán
Bielorrusia
Bélgica
Bosnia y Herzegovina
Bulgaria
Croacia
Chipre
Ciudad del Vaticano
Dinamarca (incluidos sus territorios y zonas dependientes de ultramar)
Eslovaquia
Eslovenia
España
Estonia
Finlandia
Francia (incluidos sus territorios y zonas dependientes de ultramar)
Georgia
Grecia
Hungría
Irlanda
Irlanda del Norte
Islandia Italia
Kazajstán
Kirguistán
Letonia
Liechtenstein
Lituania
Luxemburgo
Macao (Región

Los nativos de los siguientes países europeos no reúnen los criterios para el programa de diversificación de este año: Gran Bretaña , Polonia y Rusia. Gran Bretaña incluye los siguientes territorios dependientes: Anguila, Bermuda, Gibraltar, Islas Caimán, Islas de Turcos y Caicos, Islas Malvinas (Falkland), Islas Vírgenes Británicas, Montserrat, Pitcairn y Santa Helena. Se señala que se trata por separado a Irlanda del Norte sólo a efectos del programa de diversificación, ya que sí reúne las condiciones y figura entre los territorios aptos.

 


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