El Programa de Diversificación de
Inmigrantes, promulgado por el Congreso de los Estados Unidos,
lo administra cada año el Departamento de Estado
conforme a la sección 203(c) de la Ley de Inmigración
y Nacionalidad (INA, siglas en inglés). La sección
131 de la Ley de Inmigración de 1990 (Ley Pública
101-649) modificó la sección 203 de la INA
para formar una nueva categoría de inmigrantes, los
“inmigrantes de diversificación”, o “inmigrantes
DV”. Conforme a esa ley, cada año se ponen
50,000 visas de residente permanente a disposición
de los nativos de países de escasa afluencia migratoria
a los Estados Unidos.
Las instrucciones para el Programa de Visas
de Diversificación de Inmigrantes del 2007 están
también disponibles en Formato PDF.
Cada año, el Programa DV otorga visas
de residente permanente a personas que reúnen requisitos
sencillos que son aplicados estrictamente. Los solicitantes
de las visas de diversificación son seleccionados
al azar por sorteo computarizado. Las visas se distribuyen
entre seis regiones geográficas; el mayor número
se concede a las regiones que tienen los índices
más bajos de inmigración a los Estados Unidos,
y no se concede ninguna visa a los ciudadanos de aquellos
países que hayan enviado a más de 50,000 inmigrantes
a los Estados Unidos en los últimos cinco años.
En cada región y para cada año, a ningún
país se le puede otorgar más del 7% de las
visas de diversificación disponibles.
Para el DV-2007, los nativos de los siguientes
países no tienen derecho a participar en el programa
porque dichos países han enviado a más de
50,000 inmigrantes a los Estados Unidos a lo largo de los
últimos cinco años:
CANADÁ, CHINA (continental), COLOMBIA,
COREA DEL SUR, EL SALVADOR, FILIPINAS, HAITÍ, INDIA,
JAMAICA, MÉXICO, PAKISTÁN, POLONIA, REINO
UNIDO (excepto Irlanda del Norte) y sus territorios dependientes,
REPÚBLICA DOMINICANA, RUSIA y VIETNAM. Los nacidos
en Hong Kong (Región Administrativa Especial), Macao
(Región Administrativa Especial) y Taiwán
tienen derecho a presentar solicitudes.
LAS SOLICITUDES PARA EL SORTEO DE
LAS VISAS DE DIVERSIFICACIÓN DEL AÑO 2007
(DV-2007) DEBEN PRESENTARSE ELECTRÓNICAMENTE ENTRE
EL MIERCOLES, 5 DE OCTUBRE DE 2005 Y EL DOMINGO, 4 DE DICIEMBRE
DE 2005. LOS SOLICITANTES PUEDEN ACCEDER A LA SOLICITUD
ELECTRÓNICA DE VISA DE DIVERSIFICACIÓN EN
‘WWW.DVLOTTERY.STATE.GOV’
DURANTE EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN A PARTIR DEL MEDIODIA
DEL 5 DE OCTUBRE. NO SE ADMITIRÁN SOLICITUDES EN
PAPEL. SE RECOMIENDA A LOS SOLICITANTES QUE SE INSCRIBAN
CON TIEMPO Y NO ESPEREN HASTA LA ÚLTIMA SEMANA DEL
PERIODO DE REGISTRO PARA INSCRIBIRSE. UNA GRAN DEMANDA PUEDE
OCASIONAR RETRASOS. NINGUNA INSCRIPCIÓN SERÁ
ACEPTADA DESPUÉS DEL MEDIODIA DEL 4 DE DICIEMBRE
DE 2005.
REQUISITOS PARA PARTICIPAR
• El solicitante debe poseer
la condición de nativo de uno de los países
cuyos nativos son aptos. Ver “Listas
de los países por regiones cuyos nativos son aptos”.
País cuyos nativos son aptos:
En la mayoría de los casos, este término se
refiere al país de nacimiento del solicitante. Sin
embargo, existen otras dos formas en las que una persona
pueda calificar. Primero, si la persona nació en
un país cuyos nativos no son aptos pero que su cónyuge
haya nacido en un país que lo sea, ésta puede
asumir el país de nacimiento del cónyuge,
siempre y cuando se expidan las visas al solicitante y al
cónyuge y éstos entren a los Estados Unidos
al mismo tiempo. Segundo, si la persona nació en
un país cuyos nativos no son aptos, si ninguno de
sus padres nació en ese país ni residía
en el mismo en la fecha de nacimiento, la persona puede
asumir el país de nacimiento de uno de los padres,
siempre y cuando este país sea uno en el que sus
ciudadanos de nacimiento califican para el programa DV-2007.
• El solicitante debe cumplir
con el requisito de educación o con el de experiencia
laboral del programa DV.
Educación o experiencia
laboral: Para participar, el solicitante deberá
haber concluido satisfactoriamente la enseñanza secundaria
o su equivalente (que se define como haber cumplido con
éxito doce años de educación primaria
y secundaria), o bien tener dos años de experiencia
laboral, cumplidos en los últimos cinco años,
en una profesión u oficio cuyo desempeño requiera
al menos dos años de capacitación o experiencia.
Para determinar la necesaria experiencia laboral se empleará
la base de datos del Departamento de Trabajo de los Estados
Unidos, O*Net OnLine.
La persona que no reúna los
requisitos anteriores NO deberá presentar una solicitud
al programa DV.
PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR UNA
SOLICITUD AL DV-2007
El Departamento de Estado sólo aceptará
las solicitudes electrónicas de visa de diversificación
presentadas electrónicamente en www.dvlottery.state.gov
durante el período de inscripción
a partir de las 12:00 m. hora oficial del Este (HMG -5)
del 5 de octubre de 2005 y concluirá a las 12:00
m. hora oficial del este (HMG-5) del 4 de diciembre de 2005.
Se descalificarán todas las solicitudes
de un solicitante en caso que presentara más de UNA
sin tener en cuenta quién las haya presentado. Los
solicitantes pueden preparar y presentar sus propias solicitudes,
o encargarle a otra persona que haga la presentación
en su nombre.
Al recibir la solicitud electrónica de visa de diversificación
debidamente llenada, los solicitantes recibirán una
notificación electrónica de acuse de recibo
conteniendo el nombre del solicitante, su fecha de nacimiento,
el país al que se cargará la visa otorgada,
y un sello indicando la fecha y hora de la inscripción.
El solicitante puede imprimir este mensaje de acuse de recibo
con el fin de incluirlo en su expediente, haciendo uso de
la función de impresión que aparece en la
pantalla de su computadora.
No se admitirán solicitudes en papel.
Se descalificarán las solicitudes
que no adjunten todas las fotografías requeridas.
A cada solicitud electrónica de visa de diversificación
se debe adjuntar de forma electrónica fotografías
recientes del solicitante y de su cónyuge, así
como de cada hijo o hija, incluidos los hijos naturales,
los adoptados legalmente y los hijastros, (con excepción
de los que ya sean ciudadanos o residentes legales permanentes
de los Estados Unidos); que sean menores de 21 años.
Si deberán ser incluidos los hijos o hijas que ya
no vivan con el solicitante o no tengan intención
de inmigrar a través del programa de visas de diversificación.
No se aceptarán fotografías en grupo o en
familia; debe haber una fotografía separada por cada
miembro de la familia.
Una fotografía digital (imagen) de cada solicitante,
su cónyuge y cada hijo deberá ser presentada
electrónicamente junto a la solicitud electrónica
de visa de diversificación. El archivo de imagen
puede producirse mediante la toma de una nueva fotografía
digital o mediante el escaneo de una fotografía en
papel con un escáner digital.
Se podrán descalificar las solicitudes
cuyas fotografías no sean recientes, hayan sido alteradas
o no cumplan con las especificaciones detalladas a continuación.
Instrucciones para enviar una foto
digital (Imagen)
El archivo de la imagen debe tener las siguientes
especificaciones de composición y especificaciones
técnicas y puede ser creado de una de las siguientes
formas:
• Mediante la toma de una nueva fotografía
digital.
• Mediante el escaneo de una fotografía en
papel con un escáner digital.
Especificaciones de composición.
La imagen digital enviada debe tener las siguientes especificaciones
de composición o la solicitud será descalificada:
• Posición de la cabeza
– La persona fotografiada debe mirar directamente
a la cámara.
– La cabeza del fotografiado no debe inclinarse
hacia arriba, ni hacia abajo, ni a los lados.
– La cabeza del fotografiado debe abarcar
aproximadamente el 50% de la superficie de la foto.
• Fondo
– La fotografía debe tomarse de
forma que el fotografiado se encuentre ante un fondo neutro
y de color claro.
– No se aceptarán las fotografías
tomadas con fondos muy oscuros o con dibujos.
• Foco
– No se aceptarán fotografías
en las que la cara del fotografiado esté desenfocada.
• Objetos decorativos
– No se aceptarán fotografías
en las que el fotografiado lleve anteojos de sol u otros
accesorios que le cubran la cara.
• Sombreros, tocados o vinchas
– Se aceptarán fotografías
en las que el fotografiado lleve sombrero u otro tocado
sólo cuando lo hace por razón de sus creencias
religiosas; aún así, no debe cubrir ninguna
parte de la cara del solicitante.
– No se aceptarán fotografías
en las que el fotografiado lleve prendas en la cabeza que
no tengan carácter específicamente religioso,
por ejemplo, las de carácter tribal.
– No se aceptarán fotografías
de personal militar, de compañías aéreas
o de otros empleos que lleven puestos sombreros o gorras.
Especificaciones técnicas.
Las imágenes digitales presentadas deberán
tener las siguientes especificaciones técnicas o
el sistema rechazará automáticamente la solicitud
electrónica de visa de diversificación, con
notificación al remitente.
Mediante la toma de una nueva fotografía
digital. Si se toma una nueva fotografía
digital, ésta debe reunir las siguientes especificaciones:
• Formato del archivo de la imagen: La imagen
debe estar en formato JPEG (Joint Photographic Experts Group).
• Tamaño del archivo de la imagen:
El tamaño máximo del archivo de imagen deberá
ser de sesenta y dos mil quinientos (62,500) bytes.
• Resolución de la imagen: Se aceptan
dos nuevas resoluciones de imagen digital: 320 píxeles
de alto por 240 píxeles de ancho o 240 píxeles
de alto por 320 píxeles de ancho.
• Profundidad de color de la imagen: 24-bits,
8-bits o escala de grises de 8-bits. Nota: No se aceptarán
imágenes monocromáticas (profundidad de color
de 2-bits).
Mediante el escaneo de una fotografía
en papel con un escáner digital. Antes de
que una fotografía sea escaneada, ésta debe de tener las
siguientes especificaciones:
• Tamaño de la impresión: Dos
pulgadas por dos pulgadas (50 mm x 50 mm).
• Color de la impresión: La imagen
debe ser a color o en escala de grises.
La impresión fotográfica
debe tener también las siguientes especificaciones
de composición. Si la fotografía
tiene el tamaño, color y especificaciones
de composición requeridas, puede escanear la fotografía
usando las siguientes especificaciones de escaneo:
• Resolución del escáner: Debe
escanearse con una resolución de 150 puntos por pulgada
(PPI).
• Formato del archivo de la imagen: La imagen
debe estar en formato JPEG (Joint Photographic Experts Group).
• Tamaño del archivo de la imagen:
El tamaño máximo de la imagen será
sesenta y dos mil quinientos (62, 500) bytes.
• Resolución de la imagen: 300 x 300
píxeles.
• Profundidad de color de la imagen: 24-bits,
8-bits o escala de grises de 8-bits. Nota: No se aceptarán
imágenes monocromáticas (profundidad de color
de 2-bits).
LA SOLICITUD
Sólo hay una manera de participar
en el sorteo de visas de diversificación de 2007.
Los solicitantes deben presentar la solicitud electrónica
de visa de diversificación (solicitud DV), que se
encuentra solo en www.dvlottery.state.gov.
Si la solicitud no está llenada correcta y totalmente
será descalificada. A los solicitantes se les pedirá
que faciliten la siguiente información en la solicitud
DV.
1. NOMBRE COMPLETO: Apellido, primer nombre,
segundo nombre.
2. FECHA DE NACIMIENTO: día, mes,
año.
3. SEXO: masculino o femenino.
4. CIUDAD/PUEBLO DE NACIMIENTO.
5. PAÍS DE NACIMIENTO – El
nombre del país debe ser el utilizado en la actualidad
para el lugar de nacimiento del solicitante.
6. FOTOGRAFÍA DEL SOLICITANTE –
Véase la página 2 para información
sobre las especificaciones de las fotografías.
7. DIRECCIÓN POSTAL: Calle y número,
ciudad/pueblo, distrito/condado/provincia/estado, código
postal, país.
8. NÚMERO DE TELÉFONO (optativo)
9. CORREO ELECTRÓNICO (optativo)
10. PAÍS DEL CUAL EL SOLICITANTE
ASUME LA CONDICIÓN DE NATIVO SI NO ES EL DE SU NACIMIENTO
– Si el solicitante asume la condición de nativo
de un país en el que no nació, debe indicarlo
en la solicitud.
11. ESTADO CIVIL: Soltero, casado, divorciado,
viudo, legalmente separado.
12. NÚMERO DE HIJOS QUE NO ESTÉN
CASADOS Y SON MENORES DE 21 AÑOS - Excepto los hijos
que sean ciudadanos o residentes legales permanentes de
los Estados Unidos.
13. INFORMACIÓN SOBRE EL CÓNYUGE:
Nombre y apellido, fecha de nacimiento, sexo, ciudad/pueblo
de nacimiento, país de nacimiento, fotografía.
14. INFORMACIÓN SOBRE EL/LOS HIJO/S
– Nombre y apellido, fecha de nacimiento, sexo, ciudad/pueblo
de nacimiento, país de nacimiento, fotografía.
NOTA: En la solicitud debe constar el nombre
y apellidos, la fecha y lugar de nacimiento del cónyuge
y de todos los hijos naturales del solicitante, así
como de todos los hijos adoptivos y/o hijastros que no estén
casados y sean menores de 21 años al momento de enviar
la solicitud (salvo los hijos que ya sean ciudadanos o residentes
permanentes de los Estados Unidos), aún cuando ya
no esté casado/a con el padre/madre del/la hijo/a,
y aún cuando el cónyuge o el/la hijo/a no
resida actualmente con el solicitante y/o no inmigrará
con él/ella. Se señala que a los hijos casados
y a los que tengan 21 años o más NO se les
incluirán en la visa de diversificación. La
falta de información sobre todos los hijos ocasionará
la descalificación de la solicitud de visa. (Véase
la pregunta 11 en la lista de Preguntas Comunes.)
SELECCIÓN DE SOLICITANTES
Los solicitantes se seleccionarán
al azar por computadora entre todas las solicitudes aptas
recibidas. A los seleccionados se les notificará
por correo entre mayo y julio de 2006 y se les
darán nuevas instrucciones además de información
sobre las tarifas exigibles para inmigrar a los Estados
Unidos. A las personas no seleccionadas NO se les
notificará. Las embajadas y los consulados de los
Estados Unidos no estarán en condiciones de facilitar
la lista de los solicitantes seleccionados. Los
cónyuges e hijos solteros menores de 21 años
de los solicitantes seleccionados también podrán
solicitar visas para acompañar o seguir al solicitante
principal. Las visas del programa DV-2007 se expedirán
del 1 de octubre de 2006 al 30 de septiembre de 2007.
Para recibir la visa, los solicitantes seleccionados
por sorteo deberán reunir TODOS los criterios que
para ello estipula la legislación de los Estados
Unidos. La tramitación de las solicitudes y la expedición
de las visas a los solicitantes seleccionados y a sus familiares
aptos DEBE CONCLUIRSE antes de la medianoche del 30 de septiembre
de 2007. Pasada esta fecha no se expedirá bajo ninguna
circunstancia ninguna visa de diversificación ni
se efectuará ningún ajuste, ni podrán
los familiares obtener ninguna visa de diversificación
para reunirse con el solicitante en los Estados Unidos.
Aviso importante
No se cobra ninguna tarifa por participar
en el programa anual de DV. El Gobierno de los Estados Unidos
no emplea a consultores externos ni se vale de servicios
privados para administrar el programa de visas de diversificación.
Cualquier intermediario u otra persona que ofrezca ayuda
para efectuar la tramitación del programa DV lo hace
sin la autorización ni el consentimiento del Gobierno
de los Estados Unidos. Recurrir a los servicios de un intermediario
u otro tipo de ayuda externa para preparar la solicitud
depende enteramente del criterio del solicitante.
Una solicitud que cumpla los requisitos
y sea presentada directamente por medios electrónicos
por un solicitante tiene la misma posibilidad de ser seleccionada
por la computadora del Centro Consular de Kentucky que la
que se reciba a través de un intermediario pagado
que haya llenado la solicitud en nombre del solicitante.
Todas las solicitudes recibidas durante el período
de inscripción del sorteo tienen las mismas probabilidades
de ser seleccionadas dentro de la región que corresponda.
Sin embargo, la recepción de más de una solicitud
por persona, sea cual sea la fuente de la solicitud, descalificará
al solicitante.
PREGUNTAS COMUNES ACERCA DE LA INSCRIPCIÓN
EN EL PROGRAMA DE VISAS DE DIVERSIFICACIÓN
1. ¿QUÉ SIGNIFICA EL TÉRMINO “NATIVO”?
¿BAJO QUÉ CIRCUNSTANCIAS PUEDEN TENER DERECHO
A PRESENTAR UNA SOLICITUD LAS PERSONAS QUE NO HAYAN NACIDO
EN UN PAÍS APTO?
Por “nativo” generalmente se
entiende haber nacido en un país determinado, sea
cual fuera el país en que esa persona resida actualmente
o el de su nacionalidad. Sin embargo, para efectos de inmigración,
“nativo” puede significar también una
persona que tiene derecho a ser “asignada” a
un país determinado que no sea el de su nacimiento,
en conformidad con las disposiciones de la sección
202(b) de la Ley sobre Inmigración y Nacionalidad.
Por ejemplo, si el solicitante principal
ha nacido en un país cuyos nativos no son aptos para
el programa DV de este año, puede pedir que se le
asigne al país de nacimiento de su cónyuge,
pero no se le concederá una visa DV-1 de diversificación
a menos que su cónyuge tenga también derecho
a participar en el programa DV y se le expida una visa DV-2,
y los dos deberán entrar juntos en los Estados Unidos,
en virtud de sus visas de diversificación. De igual
manera, un hijo menor a cargo puede asignarse al país
de nacimiento de uno de sus padres.
Por último, el solicitante que haya
nacido en un país cuyos nativos no sean aptos para
el programa de visas de diversificación de este año
puede ser asignado al país de nacimiento de cualquiera
de sus padres, siempre que ninguno de éstos haya
sido residente del país no apto en el momento del
nacimiento del solicitante. Por lo general, no se consideran
residentes de un país a las personas que no hayan
nacido ni se hayan naturalizado legalmente en él,
si sólo están de visita temporal o hayan sido
enviados a dicho país por razones comerciales o profesionales
o en representación de una empresa o gobierno.
El solicitante que desee que se le asigne
a un país que no sea el de su nacimiento, tiene que
proporcionar la información pertinente en la solicitud
de inscripción. Nótese que listar el país
incorrectamente (por ejemplo, un país del cual no
pueda establecer un legítimo reclamo) puede descalificar
su solicitud.
2. ¿HAY ALGÚN CAMBIO O REQUISITO
NUEVO EN LOS PROCEDIMIENTOS DE SOLICITUD PARA LA INSCRIPCIÓN
EN ESTE PROGRAMA DE VISAS DE DIVERSIFICACIÓN?
Todas las solicitudes de participación
en el sorteo de visas de diversificación para 2007
tienen que entregarse electrónicamente en www.dvlottery.state.gov
entre el miércoles 5 de octubre de 2005 y el domingo
4 de diciembre de 2005. No se aceptará ninguna solicitud
en papel.
El Departamento de Estado implementó
un sistema de inscripción electrónica para
la lotería para hacer más eficaz y segura
la tramitación de las visas de diversificación.
El Departamento emplea una tecnología especial y
otros medios para identificar a los solicitantes que incurran
en fraude con fines de inmigración ilegal o los que
presentan más de una solicitud.
El plazo de inscripción en el programa
de diversificación de visas de inmigrantes para 2007
se extenderá a partir del mediodía (hora oficial
del Este) del 5 de octubre de 2005 hasta el mediodía
(hora oficial del Este) del 4 de diciembre de 2005.
3. ¿SE REQUIEREN FOTOGRAFÍAS DE CADA FAMILIAR
O SOLAMENTE DEL SOLICITANTE PRINCIPAL?
Se exigen fotografías recientes e
individuales del solicitante, su cónyuge y cada uno
de los hijos menores de 21 años. No se aceptarán
las fotografías familiares o en grupo. Revise la
información sobre los requisitos de fotografías
que figura en la página 2 del presente boletín.
4. ¿POR QUÉ LOS NATIVOS DE
CIERTOS PAÍSES NO TIENEN DERECHO A PARTICIPAR EN
EL PROGRAMA DE DIVERSIFICACIÓN?
Las visas de diversificación tienen
por objeto dar la oportunidad de inmigrar a personas procedentes
de países que no estén entre los que envían
gran número de inmigrantes a los Estados Unidos.
La legislación estipula que no se ofrecerán
visas de diversificación a los nativos de países
considerados de “elevada admisión”. Estos
quedan definidos por la legislación como países
a partir de los cuales en los últimos cinco años
hubo 50,000 inmigrantes en las categorías de visas
familiares y de empleo. Cada año, la Oficina de Ciudadanía
y Servicio de Inmigración de los Estados Unidos (USCIS,
siglas en inglés) suma las cifras de inmigrantes
llegados de cada país por concepto familiar y de
empleo en los cinco años anteriores para identificar
los países cuyos nativos deben excluirse anualmente
de la lotería de diversificación. Como antes
de cada convocatoria de solicitudes de visas de diversificación
se hace un nuevo cálculo, la lista de países
cuyos nativos no son aptos puede variar de un año
a otro.
5. ¿CUÁL ES EL LÍMITE
NUMÉRICO IMPUESTO A LAS VISAS DE DIVERSIFICACIÓN
PARA 2007?
De acuerdo a ley, el programa de visas de
diversificación de inmigrantes ofrece anualmente
un máximo de 55,000 visas de residente permanente
a los solicitantes aptos. Sin embargo, la Ley de Ayuda a
Nicaragua y Centroamérica (NACARA, siglas en inglés),
aprobada por el Congreso en noviembre de 1997, estipula
que a partir del DV-99 y mientras sea necesario, se asignarán
al programa NACARA 5,000 de las 55,000 visas anuales de
diversificación. La reducción efectiva del
límite a 50,000 comenzó a partir del DV-2000
y sigue vigente para el programa de 2007.
6. ¿CUÁLES SON LOS LÍMITES REGIONALES
DE LAS VISAS DE DIVERSIFICACIÓN DEL DV-2007?
La Oficina de Ciudadanía y Servicio
de Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, siglas
en inglés) determina cada año los límites
regionales para el Programa DV según la fórmula
que figura en la sección 203(c) de la Ley sobre Inmigración
y Nacionalidad (INA). Se anunciarán los límites
regionales de visas una vez que el USCIS haya realizado
los cálculos pertinentes.
7. ¿CUÁNDO SE ACEPTARÁN
LAS SOLICITUDES PARA EL PROGRAMA DV-2007?
El período de inscripción
para el DV-2007 comenzará al mediodía (hora
oficial del Este) del miércoles 5 de octubre de 2005
y concluirá al mediodía (hora oficial del
Este) del domingo 4 de diciembre de 2005. Cada año
se reciben millones de solicitudes durante el período
de inscripción. Este enorme volumen de solicitudes
genera una gran cantidad de trabajo para seleccionar y procesar
a los solicitantes aptos. Al fijarse el período de
inscripción entre octubre y diciembre se asegura
que a los solicitantes seleccionados se les notificará
oportunamente de forma que, tanto los solicitantes como
las embajadas y los consulados, tendrán tiempo de
preparar y completar las solicitudes para la expedición
de las visas. Se recomienda a los solicitantes que se inscriban
con tiempo. Una excesiva demanda en los últimos días
puede recargar el sistema. Ninguna inscripción será
aceptada después del mediodía (hora oficial
del Este) del 4 de diciembre de 2005.
8. ¿PUEDEN PRESENTAR SU SOLICITUD
DE INSCRIPCIÓN LAS PERSONAS QUE YA SE ENCUENTREN
EN LOS ESTADOS UNIDOS?
Sí. El solicitante puede encontrarse
en los Estados Unidos o en otro país, y la solicitud
puede presentarse desde los Estados Unidos o desde el exterior
indistintamente.
9. ¿ESTÁ LIMITADO CADA SOLICITANTE
A PRESENTAR SOLAMENTE UNA SOLICITUD DURANTE EL PERÍODO
ANUAL DE INSCRIPCIÓN DEL DV?
Sí. La legislación permite
solamente una solicitud por o para cada persona durante
cada período de inscripción. En caso de que
se reciba más de una solicitud para una misma persona,
ésta será descalificada. El Departamento de
Estado empleará medios tecnológicos sofisticados
y otros para identificar a las personas que presenten más
de una solicitud durante el período de inscripción.
Los solicitantes que presenten más de una solicitud
serán descalificados y el Departamento de Estado
mantendrá un registro electrónico permanente.
Los solicitantes pueden presentar una solicitud para participar
en el programa cada año durante el período
normal de inscripción.
10. ¿PUEDEN PRESENTAR LOS CÓNYUGES
SOLICITUDES POR SEPARADO?
Sí. Si el esposo y la esposa reúnen
cada uno los requisitos pueden presentar una solicitud cada
uno. Si cualquiera de los dos resultara seleccionado, el
otro tendría derecho a la condición derivada.
11. ¿A QUÉ FAMILIARES DEBO
INCLUIR EN MI SOLICITUD DE DV?
En la solicitud debe incluir a su cónyuge,
ya sea el esposo o la esposa, así como a todos los
hijos solteros menores de 21 años al momento de enviar
la solicitud, a excepción de los que ya sean ciudadanos
de los Estados Unidos o residentes legales permanentes.
Se debe incluir al cónyuge incluso si en la actualidad
el matrimonio está separado a menos que estuvieran
legalmente separados (por ejemplo cuando existe un acuerdo
por escrito reconocido por una Corte o la orden de una Corte).
Si el solicitante y el cónyuge están legalmente
separados o divorciados, no hace falta incluir a su ex cónyuge.
Se debe incluir a TODOS los hijos solteros menores de 21
años, ya sean hijos naturales del solicitante, hijos
del cónyuge, o hijos adoptados legalmente conforme
a la legislación del país, salvo que ese hijo
ya sea ciudadano o residente permanente legal de los Estados
Unidos. Deben incluirse a todos los hijos menores de 21
años, aún cuando no vivan con el solicitante
o no tengan la intención de inmigrar bajo el programa
DV.
El hecho de incluir a los familiares en
la solicitud no significa que luego éstos tengan
la obligación de viajar con el solicitante. Pueden
elegir quedarse en su país. Sin embargo, si al momento
de solicitar la visa se incluyera alguna persona a cargo
apta que no hubiera sido incluida en la inscripción
original, su solicitud quedará descalificada. (Esto
sólo se refiere a las personas que estaban a cargo
al momento de presentar la solicitud original y no a las
que se incorporen a la familia posteriormente.) Un cónyuge
puede presentar una solicitud por separado, aunque ya figure
en la de su esposo o esposa, a condición de que en
las dos solicitudes consten los datos de todos los familiares
a cargo. Véase la anterior pregunta 10.
12. ¿DEBE PRESENTAR CADA SOLICITANTE
SU PROPIA SOLICITUD O PUEDE ACTUAR ALGUIEN EN SU NOMBRE?
Los solicitantes pueden preparar y presentar
su propia solicitud de inscripción o encargar que
alguien lo haga en su nombre. Lo haga el solicitante directamente,
o le ayude un abogado, amigo, familiar, etc., solamente
puede presentarse una solicitud a nombre de cada persona.
Si la solicitud resultara seleccionada, la carta de notificación
correspondiente se enviará solamente a la dirección
indicada en la solicitud.
13. ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS
DE EDUCACIÓN O EXPERIENCIA LABORAL?
La legislación y los reglamentos
exigen que cada solicitante haya aprobado al menos la enseñanza
secundaria o su equivalente o que tenga dos años
de experiencia laboral (en los últimos cinco años)
en una profesión u oficio cuyo desempeño requiera
al menos dos años de capacitación o experiencia.
Por “enseñanza secundaria o su equivalente”
se entiende haber cursado y aprobado doce años de
educación primaria y secundaria en los Estados Unidos
o en el caso de haber estudiado en otro país, haber
aprobado una enseñanza primaria y secundaria oficial
equiparable a la educación secundaria en los Estados
Unidos. Las documentos sustentatorios de educación
o experiencia laboral no deberán presentarse con
la solicitud de inscripción en el sorteo, sino al
funcionario consular en el momento de la entrevista para
la concesión de la visa. La experiencia laboral se
juzgará conforme a las definiciones de la base de
datos O*Net OnLine, del Departamento de Trabajo.
14. ¿CÓMO SE SELECCIONARÁN
LOS SOLICITANTES GANADORES DEL SORTEO?
Se le asignará un número individual
a cada solicitud recibida de cada región geográfica.
Concluido el período de inscripción, una computadora
seleccionará solicitudes al azar entre todas las
recibidas de cada región del mundo. Para cada región
geográfica, la primera solicitud seleccionada al
azar será el primer caso registrado; la segunda solicitud
seleccionada, el segundo caso registrado, y asi sucesivamente.
Todas las solicitudes recibidas durante el período
de inscripción tendrán las mismas posibilidades
de ser seleccionadas según su región. Cuando
una solicitud haya sido seleccionada, al solicitante se
le enviará una carta de notificación del Centro
Consular de Kentucky con las instrucciones pertinentes para
la solicitud de la visa. El Centro Consular de Kentucky
seguirá tramitando cada caso hasta que el seleccionado
haya recibido instrucciones de presentarse para la entrevista
de la visa en una oficina consular de los Estados Unidos
o hasta que, si fuera el caso, se solicite un cambio de
condición inmigatoria en alguna oficina del USCIS
en los Estados Unidos.
15. ¿PUEDEN LOS SOLICITANTES SELECCIONADOS
CAMBIAR SU CONDICIÓN INMIGRATORIA ANTE EL USCIS?
Sí, siempre que no haya obstáculo
a que cambien de condición inmigratoria según
la sección 245 de la Ley sobre Inmigración
y Nacionalidad (INA), los solicitantes seleccionados que
se encuentren físicamente en los Estados Unidos pueden
solicitar a la Oficina de Ciudadanía y Servicio de
Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, siglas
en inglés) un cambio de condición a residente
permanente. Los solicitantes deben asegurarse de que al
USCIS le sea posible concluir la tramitación de su
caso, incluida la de todo inmigrante por derivación,
antes del 30 de septiembre de 2007, puesto que en esa fecha
caducan las inscripciones en el Programa DV-2007. Bajo ninguna
circunstancia se dispondrá de visas para el programa
DV-2007 después de la medianoche del 30 de septiembre
de 2007.
16. ¿SERÁN INFORMADOS LOS
SOLICITANTES NO SELECCIONADOS?
No, los solicitantes que no sean seleccionados
no recibirán ninguna respuesta a su solicitud de
inscripción. Sólo se notificará a los
seleccionados. Las cartas de notificación se enviaran
a la dirección indicada en la solicitud entre cinco
y siete meses después de haber concluido el plazo
de inscripción de la solicitud. Como no se les notificará
a los que no sean seleccionados, las personas que no reciban
una carta de notificación entre cinco y siete meses
después de haber concluido el plazo de inscripción
de la solicitud deberán asumir que su solicitud no
ha sido seleccionada.
17. ¿A CUÁNTOS SOLICITANTES
SE SELECCIONARÁ?
Para el programa DV-2007 se ofrecen 50,000
visas de diversificación pero el número de
solicitantes seleccionados será mayor. Como es muy
probable que algunos de los primeros 50,000 seleccionados
no reúnan los requisitos para conseguir la visa o
no continúen la tramitación de sus expedientes
hasta que se expida la visa, el Centro Consular de Kentucky
seleccionará a más de 50,000 solicitantes
para asegurar que se repartan todos las visas DV disponibles.
Sin embargo, esto también presenta el riesgo de que
no haya visas suficientes para todos los seleccionados inicialmente.
Todos los solicitantes seleccionados serán notificados
oportunamente de su lugar en la lista. Las entrevistas con
los seleccionados comenzarán a principios de octubre
de 2006. El Centro Consular de Kentucky enviará cartas
de cita a los solicitantes seleccionados entre cuatro y
seis semanas antes de la fecha prevista para la entrevista
con los funcionarios consulares de los Estados Unidos en
las representaciones en el extranjero. Las visas se expedirán
mensualmente siempre que el número de visas disponibles
lo permita a los solicitantes que estén previstos
para recibirlas ese mes. Una vez que las 50,000 visas para
el DV-2007 se hayan expedido, el programa para el año
se dará por concluido. En principio, las visas disponibles
podrían acabarse antes de septiembre de 2007. Los
solicitantes seleccionados que deseen recibir sus visas
deben estar preparados para tramitar sus expedientes con
celeridad.
El haber sido seleccionado al azar por el
sorteo realizado por la computadora del Centro Consular
de Kentucky no garantiza automáticamente que reciba
una visa.
18. ¿HAY UNA EDAD MÍNIMA PARA
LOS SOLICITANTES AL PROGRAMA DV?
No hay una edad mínima para presentar
una solicitud, pero el requisito de estudios completos de
secundaria o de experiencia laboral para cada solicitante
principal en el momento de presentar la solicitud de visa
descalifica en la práctica a la mayoría de
los menores de 18 años.
19. ¿SE COBRA ALGUNA TARIFA EN EL PROGRAMA DV?
No hay que pagar ninguna tarifa por presentar
una solicitud. Posteriormente, las personas seleccionadas
y cuyo expediente es tramitado en una sección consular
de los Estados Unidos para el programa anual tendrán
que abonar una tarifa especial de tramitación de
solicitud de visa DV. Los solicitantes de visas DV, al igual
que otros solicitantes de visas de inmigrantes, también
tendrán que pagar las tarifas normales en el momento
de la expedición de la visa. Los detalles acerca
de estas tarifas figuran en las instrucciones que envía
el Centro Consular de Kentucky a los solicitantes seleccionados.
20. ¿TIENEN LOS SOLICITANTES DE VISAS
DE DIVERSIFICACIÓN UN DERECHO ESPECIAL PARA SOLICITAR
SER EXIMIDOS DE CUALQUIERA DE LOS REQUISITOS QUE LES INHABILITAN
PARA PODER RECIBIR UNA VISA?
No. Los solicitantes están sujetos
a todos las motivos de inhabilitación para la concesión
de visas de inmigrante estipulados en la Ley sobre Inmigración
y Nacionalidad, y no hay ninguna disposición especial
que exima cualquiera de esas causas de descalificación
para visas, salvo lo estipulado por dicha Ley.
21. ¿PUEDEN SOLICITAR LA INSCRIPCIÓN
PARA EL PROGRAMA DV LAS PERSONAS QUE YA ESTÁN INSCRITAS
PARA QUE SE LES CONCEDA UNA VISA DE INMIGRANTE EN OTRA CATEGORÍA?
Sí, estas personas pueden presentar
solicitudes para el programa DV.
22. ¿DURANTE CUÁNTO TIEMPO
TIENEN DERECHO LOS SOLICITANTES SELECCIONADOS A SOLICITAR
VISAS DE LA CATEGORÍA DV?
Los seleccionados en el sorteo DV-2007 tienen
derecho a solicitar que se les expida una visa solamente
durante el año fiscal 2007, es decir, de octubre
de 2006 a septiembre de 2007, inclusive. Los solicitantes
deben obtener la visa de diversificación de inmigrantes
o cambiar de condición inmigratoria antes del final
del año fiscal, es decir, el 30 de septiembre de
2007. Para las personas que estén inscritas pero
que no obtengan la visa durante el año fiscal 2007
el derecho a la concesión de la visa no se traslada
de un año a otro. Asimismo, los cónyuges e
hijos cuya condición inmigratoria se derive de la
inscripción en el programa DV-2007 solamente pueden
obtener visas de la categoría DV entre octubre de
2006 y septiembre de 2007. A los que presenten la solicitud
en el exterior se les notificará de la cita para
la entrevista mediante carta del Centro Consular de Kentucky
entre cuatro y seis semanas antes de la fecha prevista para
la misma.
23. ¿CUÁNDO ESTARA DISPONIBLE
LA SOLICITUD ELECTRÓNICA DE VISA DE DIVERSIFICACIÓN
(SOLICITUD DV)?
Las solicitudes electrónicas estarán
disponibles a partir de las 12:00 pm. (hora oficial del
Este) (HMG-5) del 5 de octubre de 2005 y concluirá
a las 12:00 pm.(hora oficial del Este) (HMG-5) del 4 de
diciembre de 2005.
¿PODRE BAJAR Y GRABAR LA SOLICITUD
ELECTRÓNICA DE VISA DE DIVERSIFICACIÓN EN
EL PROGRAMA WORD DE MICROSOFT (U OTRO PROGRAMA COMPATIBLE)
Y LUEGO COMPLETARLA ?
No. Usted no podrá grabar el formulario en otro programa
para completarlo y mandarlo posteriormente. La solicitud
electrónica de visa de diversificación es
un formulario de la red (web) únicamente. Esto lo
hace más universal, no solo para los que tienen un
procesador de palabras. Adicionalmente, esto requiere que
la información sea llenada y enviada electrónicamente.
25. ¿SI NO TENGO ACCESO A UN SCANNER,
¿PUEDO MANDAR FOTOGRAFIAS A UN PARIENTE EN ESTADOS
UNIDOS PARA QUE ESCANEE LAS FOTOS, LAS GRABE EN UN DISKETTE
Y LUEGO ME ENVIE EL DISKETTE PARA PRESENTAR MI SOLICITUD?
Sí. Usted lo puede hacer siempre
que la fotografía cumpla con los requisitos de las
instrucciones, y la fotografía sea enviada electrónicamente
con, y al mismo tiempo, que la solicitud electrónica
de visa de diversificación. El solicitante debe ya
de tener el archivo de la fotografía escaneado cuando
mande la solicitud electrónica. La fotografía
no puede ser enviada separadamente de la solicitud electrónica.
Solamente una solicitud electrónica por persona puede
ser enviada. El envío de varias solicitudes descalificará
a la persona para el sorteo de visas de diversificación
2007. La solicitud completa (fotografía y solicitud
juntas) puede ser enviada electrónicamente desde
los Estados Unidos.
26. ¿PUEDO GRABAR LA SOLICITUD ELECTRÓNICA
PARA LLENAR UNA PARTE Y LUEGO REGRESAR MAS TARDE Y COMPLETAR
LO QUE FALTA?
No. Esto no se puede hacer. El formulario
de la solicitud electrónica de visa de diversificación
está diseñado para ser llenado y enviado al
mismo tiempo. Sin embargo, como el formulario tiene dos
partes, y por las posibles interrupciones y retrasos en
la red, el sistema de la solicitud electrónica de
visa de diversificación está diseñado
para mantenerse por sesenta (60) minutos entre que se baja
el formulario y se recibe la solicitud en el sitio web (website)
electrónico de visas de diversificación después
de haber sido enviada electrónicamente. Si transcurrieran
más de sesenta minutos, y la solicitud no hubiera
sido recibida electrónicamente, la información
recibida hasta ese momento es descartada. Esto está
diseñado para que no haya posibilidad de que una
solicitud completa sea interpretada accidentalmente como
un duplicado de una anterior solicitud incompleta. Por ejemplo,
supongamos que un solicitante que tiene esposa y un hijo
envía la primera parte completa de la solicitud electrónica
de visa de diversificación y luego cuando recibe
la segunda parte del formulario, se demora en enviar esta
segunda parte porque tiene problemas para encontrar el archivo
donde está la fotografía del niño.
Si la segunda parte completa es enviada por el solicitante
y recibida en el sitio web (website) electrónico
de visas de diversificación dentro de los sesenta
(60) minutos no hay problema, pero si la segunda parte es
recibida después de que han pasado sesenta (60) minutos,
el solicitante será informado que necesita comenzar
de nuevo la solicitud entera. Las instrucciones para el
sorteo de visas de diversificación 2007 explican
claramente y en forma completa qué información
se necesita reunir para llenar el formulario. De esta forma
usted puede estar bien preparado, y seguro de tener toda
la información necesaria antes de empezar a llenar
la solicitud electrónica.
27. SI LAS IMÁGENES DIGITALES ENVIADAS
NO CUMPLEN LAS ESPECIFICACIONES, EL PROCEDIMIENTO ESTABLECE
QUE EL SISTEMA RECHAZARÁ AUTOMÁTICAMENTE LA
SOLICITUD ELECTRÓNICA DE VISA DE DIVERSIFICACIÓN,
CON NOTIFICACIÓN AL REMITENTE. ¿ESTO SIGNIFICA
QUE PUEDO REENVIAR MI SOLICITUD?
Si, la solicitud puede ser reenviada. Como
la solicitud fue rechazada automáticamente, ésta
no es en realidad considerada como enviada al website (sitio
web) electrónico de visa de diversificación.
Esta no cuenta como una solicitud electrónica enviada
al sorteo de visa de diversificación y ninguna confirmación
de recibo es enviada. Si hay problemas con la fotografía
digital enviada porque no cumple con los requisitos, ésta
es automáticamente rechazada por el sitio web (website)
electrónico de visas de diversificación. Sin
embargo, el tiempo que tome al mensaje de rechazo en llegar
al remitente es impredecible debido a la naturaleza del
Internet. Si los problemas pueden ser solucionados por el
solicitante y la primera y segunda parte de la solicitud
son reenviadas dentro de los sesenta (60) minutos, entonces
no hay problema. De otra manera, el proceso de envío
tendrá que comenzar nuevamente. Un solicitante puede
tratar de enviar su solicitud tantas veces como sea necesario
hasta que la solicitud completa sea recibida y el mensaje
de confirmación enviado.
28. ¿LA CONFIRMACIÓN ELECTRÓNICA
DE QUE LA SOLICITUD DE VISA DE DIVERSIFICACIÓN COMPLETA
HA SIDO RECIBIDA A TRAVES DEL SISTEMA SERA ENVIADA INMEDIATAMENTE?
La respuesta del sitio web (website) del
sorteo de visa de diversificación con la confirmación
de recibo de una solicitud electrónica de visa de
diversificación aceptada es enviada inmediatamente,
pero cuanto tiempo tome la respuesta en llegar al remitente
es impredecible debido a la naturaleza de Internet. Si muchos
minutos transcurrieran después de haber presionado
el botón de “Envío” sin recibir
una respuesta, no hay problema en presionar el botón
de “Envío” por segunda vez. El sistema
electrónico de visa de diversificación no
se confundirá si se presiona el botón de envío
por segunda vez porque la respuesta de confirmación
no ha sido recibida. El solicitante puede tratar de enviar
la solicitud tantas veces como sea necesario hasta que la
solicitud completa sea recibida y el mensaje de confirmación
enviado.
LISTAS DE PAÍSES POR REGIÓN
CUYOS NATIVOS SON APTOS
Las siguientes listas indican los países de cada
región geográfica del mundo cuyos nativos
son aptos para el programa de diversificación de
inmigrantes. La determinación de los países
en cada región se basa en la información proporcionada
por el Geógrafo del Departamento de Estado. Los países
cuyos nativos no reúnen los criterios para el DV-2007
fueron determinados por la Oficina de Ciudadanía
y Servicio de Inmigración de los Estados Unidos mediante
la aplicación de la fórmula prevista en la
Sección 203 (c) de la Ley sobre Inmigración
y Nacionalidad. Los territorios dependientes de ultramar
están incluidos en la región del mundo que
corresponde al país metropolitano. Los países
cuyos nativos no son aptos para este programa de diversificación
(por ser fuentes principales de inmigración por concepto
de familia o de empleo, es decir países de alta procedencia
de inmigrantes) se indican después de la lista regional
correspondiente.
|
• AFRICA
Angola
Argelia
Benín
Botswana
Burkina Faso
Burundi
Cabo Verde
Camerún
Chad
Comoras
Congo
Costa de Marfil
Djibouti
Egipto
Eritrea
Etiopía
Gabón
Gambia
Ghana
Guinea
Guinea-Bissau
Guinea Ecuatorial
Kenia
Lesoto
Liberia
Libia
Madagascar Malaui
Mali
Marruecos
Mauricio
Mauritania
Mozambique
Namibia
Níger
Nigeria
República Centroafricana
República Democrática del Congo
Ruanda
Santo Tomé y Príncipe
Senegal
Seychelles
Sierra Leona
Somalia
Sudáfrica
Sudán
Suazilandia
Tanzanía
Togo
Túnez
Uganda
Zambia
Zimbabue
• AMERICA DEL NORTE
Bahamas
En América del Norte, los nativos
de Canadá y de México no reúnen los
criterios condiciones para el programa de diversificación
de este año.
• OCEANIA
Australia (incluidos sus territorios
y zonas dependientes de ultramar)
Fiji
Islas Marshall
Islas Salomón
Kiribati
Micronesia, Estados Federados de
Nauru Nueva Zelanda (incluidos sus territorios y
zonas dependientes de ultramar)
Palaos
Papua Nueva Guinea
Samoa
Tonga
Tuvalu
Vanuatu
|
• ASIA
Afganistán
Arabia Saudí
Bahrein
Bangladesh
Bhután
Birmania (Myanmar)
Brunei
Camboya
Corea del Norte
Emiratos Árabes Unidos
Hong Kong (Región Administrativa Especial)
Indonesia
Irán
Iraq
Israel
Japón
Jordania Kuwait
Laos
Líbano
Malasia
Maldivas
Mongolia
Nepal
Omán
Qatar
Singapur
Siria
Sri Lanka
Tailandia
Taiwán
Timor Oriental
Yemen
Los nativos de los siguientes países
asiáticos no reúnen los criterios para el
programa de diversificación de este año: China
(nacidos en China continental), Corea del Sur, Filipinas,
India, Paquistán y Vietnam. Por otra parte, Hong
Kong (Región Administrativa Especial), y Taiwán
sí reúnen los criterios y están reflejados
en la lista que antecede. Macao (Región Administrativa
Especial) también reúne los criterios y figura
en la siguiente lista.
• AMERICA DEL SUR, AMERICA CENTRAL, Y EL CARIBE
Antigua y Barbuda
Argentina
Barbados
Belice
Bolivia
Brasil
Chile
Costa Rica
Cuba
Dominica
Ecuador
Granada
Guatemala Guyana
Honduras
Nicaragua
Panamá
Paraguay
Perú
San Cristóbal y Nieves
Santa Lucía
San Vicente y las Granadinas
Surinam
Trinidad y Tobago
Uruguay
Venezuela
Los nativos de los siguientes países
no reúnen los criterios para el programa de diversificación
de este año: Colombia, El Salvador, Haití,
Jamaica, México y la República Dominicana.
|
• EUROPA
Albania
Alemania
Andorra
Armenia
Austria
Azerbaiyán
Bielorrusia
Bélgica
Bosnia y Herzegovina
Bulgaria
Croacia
Chipre
Ciudad del Vaticano
Dinamarca (incluidos sus territorios y zonas dependientes
de ultramar)
Eslovaquia
Eslovenia
España
Estonia
Finlandia
Francia (incluidos sus territorios y zonas dependientes
de ultramar)
Georgia
Grecia
Hungría
Irlanda
Irlanda del Norte
Islandia Italia
Kazajstán
Kirguistán
Letonia
Liechtenstein
Lituania
Luxemburgo
Macao (Región
Los nativos de los siguientes países
europeos no reúnen los criterios para el programa
de diversificación de este año: Gran Bretaña
, Polonia y Rusia. Gran Bretaña incluye los siguientes
territorios dependientes: Anguila, Bermuda, Gibraltar, Islas
Caimán, Islas de Turcos y Caicos, Islas Malvinas
(Falkland), Islas Vírgenes Británicas, Montserrat,
Pitcairn y Santa Helena. Se señala que se trata por
separado a Irlanda del Norte sólo a efectos del programa
de diversificación, ya que sí reúne
las condiciones y figura entre los territorios aptos.
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