EMBAJADA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
ESTUDIOS NO ACADEMICOS/ ESTUDIOS TECNICOS (M1)

Por lo general, cualquiera que desee estudiar en los Estados Unidos debe solicitar una visa de estudiante, aunque no sea en un ambiente escolar formal con el propósito de obtener un diploma.

EXCEPCIÓN: La Visa de turismo/negocios B-1/B-2 puede usarse para estudiar en los Estados Unidos únicamente si el estudio es incidental al viaje de turismo o de negocios. La mayoría de las personas que van a estudiar en los Estados Unidos necesitan solicitar una Visa de estudiante. Antes de inscribirse en cursos de idiomas mientras esté de vacaciones en los Estados Unidos, usted deberá consultar con la escuela para averiguar si el programa requiere visa de estudiante o no.

Las visas de estudiante no se emiten para asistir a jardín de infantes público, escuelas de preescolar ni escuelas hasta el octavo grado, inclusive. Esto también se aplica a programas de educación para adultos financiados con fondos públicos. La única opción para las personas interesadas en estudios en esas áreas es estudiar en escuelas privadas.

Lo primero que usted debe hacer es comunicarse con la escuela y solicitar el formulario I-20 (M-N). Este formulario deberá ser llenado y firmado por el funcionario autorizado de la escuela. Usted no podrá solicitar la visa sin el I-20 (M-N). Si ha recibido el formulario I-20 (M-N), puede presentar la solicitud en le Consulado, 120 días antes del inicio del programa académico. En general, el titular de una visa M1 puede entrar en Estados Unidos 30 días antes de que empiecen las clases y quedarse hasta 60 días después de la terminación de las mismas.

Usted deberá pagar la tarifa SEVIS antes de ir a su entrevista de solicitud de visa en el Consulado. No se le emitirá la visa sin el recibo de pago de la tarifa SEVIS.

Visa M2 (Cónyuge e hijos menores del titular de una visa de tipo M1):

El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años de edad pueden solicitar una visa M2 para acompañar al titular de una visa M1 a los Estados Unidos, a menos que los familiares vayan a entrar a Estados Unidos con otro propósito y necesiten otro tipo de visa.

Las solicitudes de visa para familiares deben remitirse a la sección consular cuando el solicitante principal presente su solicitud. La escuela registrará el nombre del solicitante principal en el sistema SEVIS, así como el nombre de cualquier familiar que piense viajar con él, a fin de generar los formularios I-20 (M-N) necesarios para cada uno. Cada familiar debe recibir su propio I-20 (M-N).
 • Por lo general, a los familiares no se les permite trabajar;
 • Los niños con visas derivadas pueden asistir a escuelas públicas o privadas.

Requisitos:

1. Demostrar que tiene conocimientos suficientes de inglés, que le permitan seguir los estudios que pretende cursar o, si no, demostrar que la escuela le ofrecerá la capacitación lingüística suficiente para seguir los cursos deseados;
2. Probar que cuenta con solvencia económica como para cubrir el monto total de los gastos correspondientes al periodo que cursara en el centro de estudios;
3. Presentar evidencias satisfactorias de que tiene una residencia permanente fuera de Estados Unidos y fuertes lazos con el Uruguay que lo obliguen a salir de Estados Unidos después de terminar sus estudios;
Documentación:

1. Formulario I-20 (M-N) que esté generado por el sistema SEVIS. Este formulario deberá ser llenado y firmado por un funcionario escolar apropiado y por el solicitante. Cada solicitante deberá tener su propio I-20 (M-N);
2. Historial académico o comprobante de otras calificaciones, como lo requiera la escuela;
3. Comprobante de la capacidad de pagar el monto total de los gastos correspondientes al periodo que cursara en el centro de estudios;
4. Sólo para el solicitante principal: Comprobante de pago de la tarifa SEVIS;
5. Solicitantes de 16 años o más: El formulario DS-158 lleno, que cubra la información de contacto y los antecedentes laborales;
6. Sólo para solicitantes derivados M2:
a. Si el solicitante principal no presenta la solicitud al mismo tiempo: Copia de la documentación del solicitante principal, incluyendo una carta de la escuela que haga constar que el solicitante está estudiando actualmente allí;
b. Comprobante de parentesco, como una partida de nacimiento o libreta de matrimonio;
c. Copia de la visa de estudiante del solicitante principal;
7. Documentos generales de solicitud.

Notas Importantes:

• Los estudiantes universitarios de medicina no necesitan una visa de estudiante para desempeñar un “puesto voluntario” en un hospital universitario de Estados Unidos sin remuneración del hospital. Pueden solicitar una visa de visitante. Esto no se aplica a los estudiantes de medicina graduados, que necesitan una visa J;

• Si está inscripto en cursos de idiomas (con una carga horaria de hasta 18 horas semanales) mientras está de vacaciones en los Estados Unidos, puede calificar para una visa de visitante. Debe consultar con la escuela para averiguar si el programa requiere una visa de estudiante;

• INFORMACIÓN DE REINGRESO:

Usted puede ser admitido después de una ausencia temporal de Estados Unidos de cinco meses o menos presentando:

-- Un pasaporte vigente;
-- Una visa de estudiante vigente;
-- Un I-20 nuevo generado por SEVIS o la página 3 del I-20 debidamente endosada para el reingreso si sus datos están vigentes;

Preguntas frecuentes sobre visas de estudiante

1) ¿Cuándo es posible utilizar una Visa de turismo/negocios B-1/B-2 para estudiar en los Estados Unidos?
La Visa de turismo/negocios B-1/B-2 puede usarse para estudiar en los Estados Unidos únicamente si el estudio es incidental al viaje de turismo o de negocios. La mayoría de las personas que van a estudiar en los Estados Unidos necesitan solicitar una Visa de estudiante.

2) ¿Puedo estudiar primaria o secundaria en una escuela pública en los Estados Unidos?
Debido a un cambio en la legislación en 1996, las visas de estudiante ya no pueden utilizarse para estudiar primaria en escuelas públicas. Los estudiantes extranjeros pueden estudiar hasta un año en escuelas públicas secundarias (entre 9° y 12° grado) y deben poder demostrar que han pagado, por adelantado, el monto total de los gastos correspondientes al periodo que cursara en el centro de estudios.

3) ¿Qué sucede si deseo permanecer más tiempo del inicialmente autorizado por el Departamento de la Seguridad del Territorio Nacional cuando llegué a los Estados Unidos?
Si usted desea permanecer más tiempo del autorizado en la Forma I-94, adherida a su pasaporte en el puerto de entrada, tendrá que solicitar una extensión directamente en el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) del Departamento de la Seguridad del Territorio Nacional (DHS) en Estados Unidos. Si usted permanece más tiempo del autorizado por el DHS, sin obtener la correspondiente extensión, usted compromete sus posibilidades de calificar para una visa en el futuro.

4) Tengo una visa de estudiante vigente, pero quiero cambiar de universidad. ¿Qué debo hacer?
Quien tenga una visa de estudiante vigente (visa F o M), decida cambiar de universidad y tenga un nuevo formulario I-20 vigente de la nueva universidad, no necesita obtener otra visa de estudiante. No obstante, el/la estudiante debe informar sobre ese cambio a la universidad, a la nueva universidad, y al Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS).
Si usted, ya empezó a estudiar y cambia de escuela, puede volver a entrar en Estados Unidos con la visa de estudiante aún válida y el I-20 nuevo que indique la nueva escuela. Tome nota de que el oficial de inmigración en el puerto de entrada es quien determinará si usted puede ingresar o no en los Estados Unidos (A algunos estudiantes, las autoridades migratorias les piden en el puerto de entrada que obtengan una nueva visa para poder ser admitidos en el reingreso y por tal motivo recomendamos que en estos casos soliciten sus nuevas visas antes de regresar a los Estados Unidos);

5) Tengo una visa de estudiante vigente, pero deseo seguir estudiando después del vencimiento de esa visa. ¿Necesito solicitar una nueva visa?
Depende. Si usted desea quedarse en los Estados Unidos hasta terminar sus estudios y continuar estudiando después del vencimiento de su visa de estudiante, puede hacerlo, siempre y cuando usted obtenga su nuevo formulario I-20 en tiempo y forma. Sin embargo, si decide volver al Uruguay por algún tiempo o de vacaciones y desea volver a los Estados Unidos para continuar estudiando, deberá solicitar un nuevo formulario I-20, luego solicitar una entrevista a través de nuestro Servicio de Información de Visas y presentarse a la entrevista de solicitud de visa en la Sección Consular de la Embajada de los Estados Unidos en Montevideo.
A las/os estudiantes a menudo se les permite ingresar a los Estados Unidos por el período de "duración de status" lo cual significa que mientras sigan estudiando, y tengan sus formularios I-20 vigentes, se les considera en estado legal de estudiante, aunque su visa haya vencido. Es importante que sepan que si salen de los Estados Unidos, no podrán volver a ingresar con esa visa vencida; deberá solicitar una nueva visa.

» Instrucciones para Solicitar una Visa de No-Inmigrante