Definición de trabajador religioso:
Se consideran trabajadores religiosos los ministros de cualquier
religión que estén autorizados por una
denominación reconocida para celebrar el culto religioso
y realizar otras tareas generalmente llevadas a
cabo por miembros del clero, como la administración de
los sacramentos o su equivalente.
Una vocación religiosa significa
el llamado a la vida religiosa, evidenciado en la aceptación
de un compromiso para toda la vida, como es la toma de votos.
Por ejemplo, las monjas, los monjes y los hermanos
y hermanas religiosos.
Una ocupación religiosa significa
el compromiso habitual en una actividad que se relacione con una
función religiosa tradicional, por ejemplo, los
trabajadores litúrgicos, los instructores religiosos y
cantores, los catequistas, los trabajadores en hospitales religiosos,
los traductores religiosos y los radiodifusores religiosos.
ESTO NO incluye conserjes, trabajadores de mantenimiento, empleados
de oficina, recaudadores de fondos, solicitantes de donativos
ni ocupaciones similares.
El término no se aplica a los predicadores
laicos. La actividad de un religioso que vaya a
dedicarse a una ocupación religiosa debe estar
vinculada con una función religiosa tradicional.
Por ejemplo, una actividad que encarne los valores de la religión
y tenga significado religioso, en relación básicamente,
si no exclusivamente, con los asuntos del espíritu, tal
como se aplican a la religión.
Requisitos par solicitar una visa de tipo R
Usted debe cumplir con las siguientes condiciones:
1. Ser miembro de una orden religiosa que tiene una
organización religiosa no lucrativa de buena
fe en Estados Unidos;
2. La orden religiosa y su afiliada,
si es el caso, están exentas de impuestos o
bien la orden religiosa califica para el status
de exención de impuestos;
3. Usted ha sido miembro de la orden los dos años
inmediatamente anteriores a la solicitud de visa;
4. Usted va a entrar a Estados Unidos exclusivamente para seguir
la vocación de un ministro de esa orden o bien
a solicitud de la organización, usted va
a entrar a Estados Unidos para trabajar en una vocación
religiosa de la orden, o de la afiliada, ya sea a título
profesional o no;
5. Si en algún momento del pasado, usted pasó cinco
o más años en Estados Unidos como
trabajador religioso, debe haber residido y estado presente físicamente
fuera de Estados Unidos durante el año inmediatamente
anterior a su nueva solicitud de visa y estadía
esperada en Estados Unidos.
Documentación requerida que usted necesitará:
1. Comprobante del status de exención de
impuestos en Estados Unidos y comprobante de la incorporación
de la organización conforme a la ley estatal aplicable;
2. Comprobante de membresía en la organización
religiosa por lo menos durante dos años;
3. Una carta de un funcionario autorizado
de la unidad específica de la organización contratante
que describa las tareas y las horas del empleo y el monto y
el origen de la remuneración;
4. Documentación general de solicitud
Los solicitantes de visa R deben demostrar que tienen un ofrecimiento
para prestar sus servicios con una organización religiosa
sin fines de lucro en los Estados Unidos, y que han sido miembros
de una organización de la misma denominación religiosa
en Uruguay por lo menos durante los dos años inmediatamente
anteriores al momento de solicitar la visa R. Las organizaciones
religiosas en los Estados Unidos deben estar exentas del pago
de impuestos, tal como se describe en la Sección
501(c)(3) del Código de Impuestos Internos.
Nota Importante: Como resultado de estrictas medidas de seguridad,
algunas solicitudes pueden requerir más tiempo para procesarse.
Este proceso no puede acelerarse, así que usted no debe
hacer planes finales de viaje o comprar pasajes hasta tanto no
reciba su visa. Las solicitantes de visa nunca deben asumir que
su solicitud será aprobada.
Por favor tener en cuenta que el oficial consular se reserva
el derecho de solicitar documentos adicionales relacionados con
su organización religiosa, el solicitante o la organización
afiliada. Dicha documentación adicional puede incluir diplomas,
títulos, estados financieros, certificados de ordenación,
evidencia de los bienes y manejos de la organización, tablas
de salario y cualquier otro tipo de información.
Actividades Religiosas que Pueden Llevarse a Cabo con
una Visa B-1/B-2
Por ejemplo:
• Asistir a conferencias, reuniones o
programas de entrenamiento ofrecidos por una organización
religiosa. Si usted va a recibir entrenamiento con el
propósito de consagrarse mediante votos y/o iniciar un
trabajo como religioso profesional, usted puede calificar también
para una visa B-1. Programas profesionales a largo plazo, tales
como estudios en el seminario, requerirán de una visa de
estudiante (F-1).
• Desarrollar trabajo misionero dentro
de una denominación religiosa siempre y cuando usted no
vaya a recibir ningún tipo de salario o remuneración
en los Estados Unidos, excepto los gastos propios de su estadía,
y el trabajo que usted va a desempeñar en los Estados Unidos
no incluye ventas, pedir o aceptar donaciones. Por favor presentar
una carta de su empleador en los Estados Unidos en dónde
se explique en forma detallada la naturaleza de su visita junto
con la evidencia relacionada con el factor financiero.
• Participar en un “tour evangélico”
siempre y cuando usted no vaya a recibir ningún tipo de
remuneración en los Estados Unidos, excepto las ofrendas
recibidas durante cada reunión, ni vaya a ser asignado
a alguna iglesia en particular. En el momento de solicitar la
visa, presentar una carta de su empleador en los Estados Unidos
en dónde se explique en forma detallada la naturaleza de
su visita y certificación laboral de su iglesia en Uruguay.
• Predicar por un período temporal
o intercambiar con un ministro de los Estados Unidos, siempre
y cuando su iglesia aquí en Uruguay continúe cancelando
su salario y usted no reciba ningún tipo de remuneración
de la iglesia en los Estados Unidos. En el momento de solicitar
la visa, presentar una carta de su empleador en los Estados Unidos
en dónde se explique en forma detallada la naturaleza de
su visita y los acuerdos relacionados con el pago de su salario.
• Participar en programas de servicio voluntario
que beneficien una comunidad local de los Estados Unidos, siempre
y cuando usted sea miembro y esté comprometido con una
organización religiosa en particular que sea reconocida
y sin ánimo de lucro; y, si el trabajo que usted va a desempeñar
es tradicionalmente hecho por trabajadores voluntarios, usted
no recibirá salario ni ningún otro tipo de remuneración
en los Estados Unidos, excepto los gastos propios de su estadía.
Usted no podrá vender ningún tipo de artículos
y/o solicitar o aceptar donaciones. Un programa de servicio voluntario
es un proyecto organizado y llevado a cabo por una organización
religiosa reconocida y sin ánimo de lucro con el fin de
proporcionar ayuda a los pobres o necesitados, o por una causa
religiosa o de caridad.
» Instrucciones
para Solicitar una Visa de No-Inmigrante