Para hacer la solicitud formal de una visa de inmigración
se necesita un examen médico que consiste de una placa
de tórax y un análisis de sangre de los solicitantes
de 15 años o más. Para estos análisis se
debe concurrir a uno de los laboratorios mencionados más
abajo, llevando consigo el pasaporte y esta hoja. La placa
de tórax no es un requisito para las mujeres embarazadas.
Los solicitantes luego deberán retirar sus resultados
de los laboratorios y llevarlos consigo para realizar
el examen médico general, el que debe efectuársele
a TODOS los solicitantes sin tener en cuenta
la edad. Para ello se debe concurrir a uno de los médicos
indicados a continuación. Para la consulta con el médico
también se debe llevar el pasaporte y la carta
con la hora de entrevista.
Usted debe solicitar hora por teléfono a la(s) clínica(s)
y al médico antes de ir. Sírvase mencionar que los
exámenes son para la visa de inmigrante para los EEUU.
Estos exámenes no son entregados al interesado sino que
es el médico quien se encarga de enviarlos a la Sección
Consular de la Embajada de los EEUU en Montevideo.
Los honorarios para los análisis y exámenes
médicos son a cuenta de los interesados.
Medicos:
| Dr. Javier Pietropinto |
Dr. Pierre Kleist |
Honorarios
Examen Médico $1400
Hospital Británico
Av. Italia 2420 Tel. 487 5465/ 67 |
|
Laboratorios:
|
Radiología |
Análisis HIV y VDRL |
Hospital Británico:
Av. Italia 2420 Tel. 487 10 20 |
$871 |
$1.071 |
Consultorio Radiológico
Dr. Daniel Pereyra:
Av. Uruguay 1723 Tel. 402 5913/14 |
$539* |
n/a |
Clínica Médica Dr. Luis Castillo:
Agustina Contucci de Oribe 2518 (Ex Carlos Crocker)
Tel. 508 8484 |
n/a |
$539* |
| * estos precios incluyen el 10% del IVA y los timbres profesionales correspondientes. No se nos ha notificado de un cambio, verifique los costos al hacer la cita. |
|
INFORMACION IMPORTANTE PARA LOS SOLICITANTES DE VISA DE INMIGRANTE ACERCA DE LOS REQUISITOS DE VACUNACION
Recientes cambios en la Ley de Inmigración de los Estados
Unidos requieren que los solicitantes de visas de inmigrante obtengan
ciertas vacunas (especificadas más abajo) antes de la emisión
de una visa de inmigrante.
Instrucciones y Guías de Procedimientos
Los médicos oficiales de la Embajada ahora tienen que verificar
que los solicitantes de visas de inmigrante hayan cumplido con
los nuevos requisitos de vacunación o, que es médicamente
apropiado, que el solicitante reciba una o más de las vacunas
que se enumeran a continuación:
Triple Viral (Paperas, Sarampión, Rubeola),
Polio, Triple Bacteriana (Toxoides de Tétano y Difteria
y Tos Convulsa), Hemophilus Influenza Tipo B (HIB), Hepatitis
A y B, Rotavirus, Zoster, Varicela, Meningocóccica, Anti-neumocóccica
y Antigripal.
Con la finalidad de ayudar al médico oficial y evitar
demoras en el procesamiento de la visa de inmigrante, todos los
solicitantes de visa de inmigrante deben llevar sus comprobantes
de vacunación anteriores, para ser revisados por el médico
en el momento de practicar el examen médico para la visa
de inmigrante. Los solicitantes de visa de inmigrante deben obtener
una copia de sus comprobantes de vacunación de su médico
habitual, si estas estuvieran disponibles. Si no tiene comprobantes
de vacunación, el médico oficial lo ayudará
a determinar qué vacunas necesita para cumplir con los
requisitos. Existen ciertas exoneraciones del requisito de vacunación
con la recomendación del médico oficial.
Solamente un médico puede determinar cuáles de
las vacunas mencionadas son médicamente apropiadas a su
caso tomando en cuenta su edad, historia clínica y estado
actual de salud. Es aconsejable postergar toda vacunación
hasta la entrevista médica, dado que la inmunización
con alguna de ellas puede no corresponder por edad, enfermedades
crónicas o medicación que se recibe en forma habitual.
En caso de ser necesaria la aplicación de alguna de estas
vacunas, tenga presente que tienen un costo adicional de:
| Hepatitis A (pediátrica) | $ 720 cada dosis (dos dosis) |
| Hepatitis B (hasta 18 años) | $ 540 |
| HPPV (damas 11 a 26 años) |
$4220 cada dosis (tres dosis) |
| Influenza (niños 6 a 59 meses) | $ 350 |
| Influenza (adultos mayores 50 años) | $ 350 |
| Meningocóccica | $ 870 cada dosis (dos dosis) |
| Neumocóccica |
$ 770 |
| Rotavirus (bebes 2 a 6 meses) | no disponible |
| Varicela adultos |
$1000 |
| Zoster (adultos mayores de 60 años) | no disponible |
ANÁLISIS PARA HIV
Si usted tiene 15 años de edad, o más, se requiere
un análisis de sangre de antincuerpos al Virus de Inmunodeficiencia
Humana (VIH) como parte de su examen médico. VIH ó
HIV es el virus que causa el Síndrome de Inmunodeficiencia
Adquirida (SIDA). Sida es el nombre que se le ha dado a un grupo
de enfermedades que pueden afectar a las personas infectadas con
el HIV. La infección con HIV causa una deficiencia en la
inmunidad natural de las personas contra las enfermedades. Esta
deficiencia deja a las personas infectadas vulnerables a enfermedades
serias que normalmente no serían una amenza a las personas
cuyo sistema de inmunidad está intacto. Este análisis
no es para diagnosticar el SIDA sino para detectar
los anticuerpos al virus. Si el resultado es positivo, no necesariamente
significa que usted tiene SIDA o que lo va a contraer.
Los resultados de su análisis serán entregados
al Oficial Consular.
Información Importante para Solicitantes de Visa
de Inmigrante HIV Positivos
Inelegibilidad según la Ley de los EEUU: La Sección
212(a)(1)(A)(i) de la Ley de Inmigración y Naturalización
prohíbe la emisión de una visa de inmigrante a cualquier
persona que tiene una enfermedad comunicable de significancia
para la salud publica. El Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH),
que puede llevar al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida
(SIDA) es una de esas enfermedades. Durante el examen médico
para visa de inmigrante, el médico analiza a todos los
solicitantes de más de 15 años de edad por infección
de VIH. En los casos en que el médico tenga motivos para
creer que un niño menor de 15 puede ser VIH positivo, puede
ser necesario hacerle un análisis de sangre. En cualquier
caso en que un solicitante sea VIH positivo, el oficial consular
está obligado par la ley estadounidense a negar la visa.
Superación de la Inelegibilidad: Un solicitante
VIH positivo que sea el esposo/a, hijo/a (no importa de qué
edad) o hijo menor de un ciudadano estadounidense o de un residente
permanente (portador de una green card), o que tiene un hijo/a
ciudadano/a estadounidense o residente permanente, puede solicitar
un permiso para superar este motivo de exclusión. El oficial
consular determinará si existe un parentesco calificativo.
Si existe, el oficial asistirá al interesado en solicitar
el permiso. Es importante recordar que es el Servicio de Inmigración
y Naturalización, no el oficial consular, quien decide
si se puede conceder el permiso.
Cómo solicitar el permiso: Si un solicitante tiene
derecho a solicitar un permiso, el oficial consular le proporcionará
un paquete de información que contiene el formulario I-60l.
El solicitante deberá completar la página 1 del
formulario y devolverlo al oficial consular. El oficial consular
enviará el formulario al U.S. Center for Disease Control
and Prevention (CDC) en Atlanta, Georgia. CDC registrará
la información necesaria y devolverá el formulario
I-60l junto con un formulario complementario (unido al dorso del
formulario I-601), al oficial consular. El oficial consular le
entregará el formulario complementario al solicitante,
quien deberá completar la declaración A del formulario
y enviar el formulario a su patrocinador en los Estados Unidos.
El patrocinador deberá hacer completar la declaración
B del formulario por el médico que tratará al solicitante
en EEUU. Si la declaración B es completada por un médico
privado, el patrocinador deberá hacer endosar el formulario
por un oficial de la Salud, local o estatal. Cuando estén
completos estos pasos, el patrocinador deberá devolver
el formulario al oficial consular. El solicitante también
deberá abonar una tarifa por el permiso, actualmente de
90 dólares en efectivo. El oficial consular solicitará
un cheque de cajero par ese monto pagadero al INS o cobrará
la tarifa en efectivo y le proporcionará un recibo al solicitante.
Luego el oficial enviará la solicitud de permiso al Servicio
de Inmigración. El Servicio de Inmigración notificará
al oficial consular y al solicitante de su decisión si
el permiso se puede conceder. Si el Servicio de Inmigración
concede el permiso y el solicitante no tiene otras inelegibilidades,
el oficial consular se pondrá en contacto con el solicitante
y emitirá la visa de inmigrante.
Otras Inelegibilidades: Algunos solicitantes de visa de
inmigrante VIH positivos también tienen otros motivos de
inelegibilidad. Mientras un solicitante VIH positivo que tiene
un pariente calificativo puede solicitar un permiso, el oficial
consular puede no recomendar la aprobación del permiso
hasta que se hayan tratado otros motivos de inelegibilidad. A
veces el solicitante puede solicitar varios permisos al mismo
tiempo; a veces el solicitante tiene otra inelegibilidad que no
puede ser superada, que hace que sea imposible que el oficial
emita una visa, aún si la inelegibilidad de VIH sea superada.
El oficial consular puede informar al solicitante si es elegible
para solicitar permisos para superar cualquier otra Inelegibilidad
que pueda tener.
Carga Pública: Bajo la Sección 212(a)(4)
de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, un solicitante
de visa de inmigrante debe demostrar que tiene medios para mantenerse
en los Estados Unidos y que por lo tanto no necesitará
asistencia económica pública. Puede ser difícil
para los solicitantes VIH positivos llenar este requisito de la
ley porque el costo del tratamiento de la enfermedad es muy elevado
y porque posiblemente el solicitante no pueda trabajar u obtener
seguro médico. El oficial consular debe estar conforme
de que el solicitante tiene acceso a suficientes fondos para su
manutención. El oficial tomará en cuenta los ingresos
de la familia y otros capitales, seguro médico que cubra
todos los gastos relacionados con el VIH, la disponibilidad de
servicios de salud publica y de hospitalización para los
cuales no hay provisiones para cobrar honorarios a los pacientes
y cualquier otro factor relevante a esta determinación.
No existe permiso para superar esta inelegibilidad, sin embargo,
si el solicitante puede demostrar que ha adquirido un seguro adicional
o fondos que serían suficientes para superar la inelegibilidad,
el oficial puede determinar que la inelegibilidad ya no es aplicable.
Por información sobre el tratamiento y cuidado de las personas
VIH positivas, consulte con un médico o un oficial de salud
pública en su país.