EMBAJADA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
COMUNICADOS DE PRENSA

ASUNTOVersión actualizada:
• No se realizarán legalizaciones hasta el 29 de julio de 2008 08/07/2008
• El costo de las solicitudes de visa será de $ 2620 08/04/2008
• Servicio de Información de Visas accesible desde cualquier lugar de los EE.UU. a través de un número de teléfono gratuito 19/07/2007
• Los oficiales consulares en el exterior nuevamente pueden aceptar ciertas solicitudes I-130 para visas de inmigrante 28/03/2007
• Nuevo Servicio de Información para Solicitud de Visas 20/03/2007
• Formularios de visa de no-inmigrante deberán completarse obligatoriamente en forma electrónica 20/10/2006
• Chip electrónico obligatorio para poder ingresar a los Estados Unidos sin visa 4/10/2006

 


08/07/2008
SERVICIOS NOTARIALES

Se comunica que no se realizarán legalizaciones hasta el 29 de julio de 2008

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08/04/2008
COSTO DE LA SOLICITUD DE VISA SERA DE $ 2620

A partir del 8 de abril de 2008 el costo de las solicitudes de visa a los Estados Unidos de América será de $ 2620.

Los pagos respectivos deberán hacerse, como hasta ahora, en Indumex Casa Bancaria, en moneda nacional.

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19/07/2007
SERVICIO DE INFORMACION DE VISAS
Accesible desde cualquier lugar de los EE.UU.
a través de un número de teléfono gratuito

Un nuevo servicio de información de visas está disponible a partir de la fecha para solicitantes, familiares y asociados en los Estados unidos de América. Este nuevo, servicio, basado en modelos similares que ya funcionan en más de 40 países en todo el mundo, incluido Uruguay, provee al público información precisa y actualizada sobre la forma de solicitar una visa para ingresar a los EE.UU.

La empresa Computer Sciences Corporation, en sociedad con TeleTech Call Center, ubicado en Buenos Aires, es quien provee este servicio de información de visas en representación de la Embajada de los Estados Unidos en Montevideo.

Los solicitantes de visa que estén en los Estados Unidos pueden llamar al Servicio, al igual que los familiares y asociados en los Estados Unidos pueden llamar representando al solicitante que se encuentre en Uruguay, desde cualquier parte del país, en forma gratuita, al 1-866-381-5410. Quienes llamen al servicio podrán comunicarse con los operadores tanto en ingles como en español.

Los operadores contestarán todas las consultas sobre los requisitos necesarios para solicitar una visa en el Uruguay y podrán agendar entrevistas de solicitud de visa para el solicitante que llame desde los Estados Unidos o para el solicitante que se encuentre en Uruguay a través de familiares o asociados en los Estados Unidos.

Esta es una mejora en el servicio que actualmente opera para Uruguay. Las personas que llamen desde los Estados Unidos hablarán con los mismos operadores que aquellos que llamen desde el Uruguay. Se les proporcionará la misma información y el mismo servicio para agendar entrevistas. Este servicio estará disponible para el público de lunes a viernes de 9:00 a 19 horas (hora local). Quienes llamen podrán obtener información sobre visas de no-inmigrante e inmigrante para los Estados Unidos y sobre todos los requisitos necesarios para solicitar una visa. Todas las entrevistas de solicitud de visas de no-inmigrante se agendan a través de este servicio. Una vez que la persona que llame obtenga la información necesaria y haya agendado la entrevista, deberá notificar a su pariente o asociado en Uruguay para que el solicitante de visa pueda estar completamente preparado para el día de la entrevista.

Para obtener información sobre visas y agendar entrevistas de solicitud de visa en el Consulado de los Estados Unidos en Uruguay representando a un solicitante que se encuentra en Uruguay, familiares o asociados en los Estados Unidos deberán obtener un Número de Identificación Personal (PIN).

Cuando llamen al servicio al 1-866-381-5410, deberán comprar un PIN utilizando su tarjeta de crédito Visa o Master Card por un valor de USD 16. Una vez aprobada la transacción con su tarjeta de crédito, se le dará un PIN, que permitirá llamar en varias ocasiones para obtener información y agendar entrevistas con un total de 8 minutos de acceso al servicio.

El PIN del Servicio de Información de Visas no es reembolsable y en caso de perdida del mismo el solicitante deberá obtener uno nuevo. Una vez culminado el tiempo autorizado, se deberá obtener un nuevo PIN y volver a llamar al Servicio de Información de Visas.

En una misma llamada, utilizando el mismo PIN, se podrá agendar hasta 5 familiares directos que residan en el mismo domicilio. Se consideran familiares directos: padres, hermanos, cónyuges e hijos. Si más de 5 familiares directos estarán solicitando visas, se recomienda que obtengan dos PINs a la misma vez, utilicen el primero para llamar al servicio y agendar las primeras 5 entrevistas y luego llamar nuevamente lo antes posible, utilizando el segundo PIN para agendar a los familiares restantes.

No se garantiza que se pueda agendar a todos los miembros de la familia a la misma hora ni el mismo día. Se deberá tener la siguiente información de todos los solicitantes disponible cuando se llame al servicio: nombre completo del solicitante como figura en el pasaporte, número de pasaporte, ciudad donde se emitió el pasaporte, fecha de emisión y expiración del pasaporte, fecha y lugar de nacimiento y dirección completa del solicitante, incluyendo un teléfono de contacto en Uruguay.

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28/03/2007
LOS OFICIALES CONSULARES EN EL EXTERIOR NUEVAMENTE PUEDEN ACEPTAR CIERTAS SOLICITUDES I-130 PARA VISAS DE INMIGRANTES

El 22 de enero de 2007, los oficiales consulares fueron instruidos de no aceptar más los formularios I-130, Solicitudes para Familiares extranjeros, para ciertas solicitudes de inmigrantes ya que las oficinas consulares en el exterior carecen de los medios de verificación de antecedentes penales o criminales de los solicitantes tal como lo requiere la ley Adam Walsh.

Consecuentemente, el Departamento de Estado y el Servicio de Inmigraciones de los EEUU (USCIS) han logrado desarrollar un mecanismo mediante el cual el USCIS realizará las verificaciones de cada solicitante requeridas por el Adam Walsh Act para las solicitudes aceptadas por los oficiales consulares en el exterior.

A partir de este momento, los oficiales consulares podrán aceptar solicitudes por familiares directos de aquellos ciudadanos americanos que residan en el distrito consular, incluyendo a los miembros de las fuerzas armadas así como aquellos casos en que existan casos de verdadera emergencia, tales como de vida o muerte, salud o seguridad y otros a determinar de acuerdo al interés nacional. Ejemplos de emergencia incluyen a niños menores que inesperadamente se queden solos sin una persona a cargo. Ejemplos de interés nacional es facilitarles a los militares estadounidenses o funcionarios del gobierno el traslado a un nuevo destino cuando este está sujeto a la solicitud de visas de inmigrantes de sus familiares para ser incluidos en sus órdenes de destino al exterior.

Para demostrar residencia en el distrito consular, el ciudadano Americano que quiera solicitar a su familiar deberá comprobar que tiene permiso de residir en el Uruguay y que ha vivido continuamente por lo menos durante los últimos seis meses anteriores a presentar la solicitud. Aquellas personas que están en el país en visita temporaria, incluso sean como estudiantes o turistas, no se considerará que cumplen con el requisito de residencia.

Todos los residentes legales permanentes de los EEUU y ciudadanos americanos residentes en los EEUU o con residencia permanente en los EEUU deben presentar su solicitud I-130 en la oficina del servicio de inmigraciones (USCIS) con jurisdicción sobre el área de su domicilio (como se indica en la página de USCIS: http://www.uscis.gov/files/form/i-130.pdf).

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20/03/2007
NUEVO SERVICIO DE INFORMACIÓN PARA SOLICITUD DE VISAS

A partir del 22 de marzo de 2007, la Embajada de los Estados Unidos en Uruguay contará con un nuevo Servicio de Información para todos los solicitantes de visa de no inmigrante e inmigrante en Uruguay.

Este servicio, basado en modelos similares actualmente aplicados en más de 35 países en Europa, América Latina y Asia, ofrece información precisa y pertinente al público que desea solicitar una visa de entrada a los Estados Unidos.

El Servicio de Información de Visas de los Estados Unidos será suministrado en nombre de la Embajada de los Estados Unidos en Uruguay por Computer Sciences Corporation conjuntamente con Tele Tech Call Center con sede en Buenos Aires, Argentina. El Servicio de Información de Visas telefónico será la única fuente oficial de información general de visas de la Embajada de los Estados Unidos y es el único método autorizado para solicitar la entrevista personal para una visa de no inmigrante.

El Servicio de Información de Visas contará con agentes que hablarán inglés y español que podrán:

• Contestar preguntas sobre solicitudes de visas de no inmigrante e inmigrante;
• Informar a los solicitantes de visa de no inmigrante e inmigrante sobre los tipos de visa y documentos necesarios para cada tipo;
• Otorgar hora y día para entrevistas de visas de no inmigrante.

Como acceder al Servicio de Información de Visas:

• Obtener un Número Personal de Identificación (PIN) en cualquier sucursal de Abitab mediante pago de U$S 16, pagaderos en pesos uruguayos (aproximadamente $400);
• El PIN se activará en forma a determinar;
• Los solicitantes podrán hacer múltiples llamadas con un PIN (hasta 8 minutos por llamado);
• Incluir hasta 5 integrantes directos de una familia por llamada (ej: esposo, esposa, hijo, hija, hermano, hermana, madre y padre)

Beneficios del Servicio de Información de Visas:

• Ofrece una mejor y más personalizada atención;
• Ofrece más flexibilidad para organizar la programación de entrevistas;
• Da la posibilidad de cancelación y reinscripción;
• Proporciona mejor información a los solicitantes de visa con respecto a la entrevista;
• Contesta consultas con respecto al proceso de solicitud de visa y demás consultas que el público desee realizar.

Todas las solicitudes de entrevista de visas de no inmigrante realizadas a través de este servicio en línea serán respetadas y no será necesario confirmarlas o reinscribirse. Si un solicitante con una entrevista otorgada a través de este servicio en línea desea cancelar o reinscribirse deberá llamar al nuevo Servicio de Información de Visas.

La Embajada de los Estados Unidos en Montevideo se complace en anunciar este nuevo servicio, mejorando así las necesidades de los solicitantes de visa en Uruguay. La embajada exhorta a todas las personas a solicitar su visa con tres meses de antelación a su fecha de partida. Una vez aprobada la visa, el pasaporte será entregado en un plazo de dos días hábiles.

Por mayor información sobre el nuevo Servicio de Información de Visas, contáctese con la sección consular de la embajada a través de su correo electrónico montevideovisas@state.gov.

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20/10/2006
FORMULARIOS DE SOLICITUD DE VISA DE NO INMIGRANTE DEBERÁN COMPLETARSE OBLIGATORIAMENTE EN FORMA ELECTRÓNICA

A partir del 1 de noviembre de 2006, será obligatorio para todos los solicitantes de visa de no inmigrante completar los formularios de solicitud de visa DS-156 (y los demás que tuviesen que completar acorde a cada caso: DS-157, DS-158) en forma electrónica a través de la página web de la Sección Consular.

Al imprimir los formularios correspondientes, los solicitantes deberán, utilizar una impresora de buena resolución, para permitir leer apropiadamente el código de barras incluido en los mismos.

Aquellos solicitantes de visa que se presenten a su entrevista sin haber completado sus formularios de solicitud en forma electrónica, deberán obtener una nueva cita a través de nuestro Servicio de Información de Visas y regresar el día de su nueva entrevista con dichos formularios completos en forma electrónica.

Este cambio en el sistema de procesamiento de las solicitudes de visa, afectará a todos los Consulados de los Estados Unidos a nivel mundial.

La Embajada de los Estados Unidos agradece la cooperación a esta solicitud, que permitirá poder procesar - con este nuevo procedimiento - las solicitudes de visa en forma más expeditiva

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4/10/2006
CHIP ELECTRONICO OBLIGATORIO PARA PODER INGRESAR A LOS ESTADOS UNIDOS SIN VISA

A partir del 26 de octubre de 2006, los pasaportes de los países que integran el Programa de Exención de Visas, deberán tener un chip electrónico integrado, capaz de almacenar tanto los datos biográficos como una fotografía digital del titular del pasaporte, para poder ingresar a los Estados Unidos sin visa.

Si el pasaporte no contiene este chip, igual se podrá viajar sin visa, siempre y cuando haya sido emitido o renovado por última vez:

• Antes del 26 de octubre de 2005 y sea de lectura mecánica o electrónica;

• Entre el 26 de octubre de 2005 y el 26 de octubre de 2006 y además de ser de lectura mecánica o electrónica, incluya una fotografía digital del titular.

Si el pasaporte fue emitido o renovado luego del 26 de octubre de 2006 y no contiene el chip electrónico mencionado anteriormente, se deberá solicitar una visa para poder ingresar a los Estados Unidos.

Los países que participan en el Programa de Exención de Visas son: Alemania, Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Brunei, Dinamarca, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Islandia, Irlanda, Italia, Japón, Holanda, Liechtenstein, Luxemburgo, Mónaco, Nueva Zelanda, Noruega, Portugal, Reino Unido, San Marino, Singapur, Suecia y Suiza.

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