08/07/2008
SERVICIOS NOTARIALES
Se comunica que no se realizarán legalizaciones hasta el 29 de julio de 2008
###
08/04/2008
COSTO DE LA SOLICITUD DE VISA SERA DE $ 2620
A partir del 8 de abril de 2008
el costo de las solicitudes de visa a los Estados
Unidos de América será de $ 2620.
Los pagos respectivos deberán hacerse, como
hasta ahora, en Indumex Casa Bancaria, en moneda
nacional.
###
19/07/2007
SERVICIO DE INFORMACION DE VISAS
Accesible desde cualquier lugar de los EE.UU.
a través de un número de teléfono gratuito
Un nuevo servicio de información de visas está
disponible a partir de la fecha para solicitantes, familiares
y asociados en los Estados unidos de América. Este nuevo,
servicio, basado en modelos similares que ya funcionan en más
de 40 países en todo el mundo, incluido Uruguay, provee
al público información precisa y actualizada sobre
la forma de solicitar una visa para ingresar a los EE.UU.
La empresa Computer Sciences Corporation, en sociedad con TeleTech
Call Center, ubicado en Buenos Aires, es quien provee este servicio
de información de visas en representación de la
Embajada de los Estados Unidos en Montevideo.
Los solicitantes de visa que estén en los Estados Unidos
pueden llamar al Servicio, al igual que los familiares y asociados
en los Estados Unidos pueden llamar representando al solicitante
que se encuentre en Uruguay, desde cualquier parte del país,
en forma gratuita, al 1-866-381-5410. Quienes
llamen al servicio podrán comunicarse con los operadores
tanto en ingles como en español.
Los operadores contestarán todas las consultas sobre los
requisitos necesarios para solicitar una visa en el Uruguay y
podrán agendar entrevistas de solicitud de visa para el
solicitante que llame desde los Estados Unidos o para el solicitante
que se encuentre en Uruguay a través de familiares o asociados
en los Estados Unidos.
Esta es una mejora en el servicio que actualmente opera para
Uruguay. Las personas que llamen desde los Estados Unidos hablarán
con los mismos operadores que aquellos que llamen desde el Uruguay.
Se les proporcionará la misma información y el mismo
servicio para agendar entrevistas. Este servicio estará
disponible para el público de lunes a viernes de 9:00 a
19 horas (hora local). Quienes llamen podrán obtener información
sobre visas de no-inmigrante e inmigrante para los Estados Unidos
y sobre todos los requisitos necesarios para solicitar una visa.
Todas las entrevistas de solicitud de visas de no-inmigrante se
agendan a través de este servicio. Una vez que la persona
que llame obtenga la información necesaria y haya agendado
la entrevista, deberá notificar a su pariente o asociado
en Uruguay para que el solicitante de visa pueda estar completamente
preparado para el día de la entrevista.
Para obtener información sobre visas y agendar entrevistas
de solicitud de visa en el Consulado de los Estados Unidos en
Uruguay representando a un solicitante que se encuentra en Uruguay,
familiares o asociados en los Estados Unidos deberán obtener
un Número de Identificación Personal (PIN).
Cuando llamen al servicio al 1-866-381-5410,
deberán comprar un PIN utilizando su tarjeta de crédito
Visa o Master Card por un valor de USD 16. Una vez aprobada la
transacción con su tarjeta de crédito, se le dará
un PIN, que permitirá llamar en varias ocasiones para obtener
información y agendar entrevistas con un total de 8 minutos
de acceso al servicio.
El PIN del Servicio de Información de Visas no es reembolsable
y en caso de perdida del mismo el solicitante deberá obtener
uno nuevo. Una vez culminado el tiempo autorizado, se deberá
obtener un nuevo PIN y volver a llamar al Servicio de Información
de Visas.
En una misma llamada, utilizando el mismo PIN, se podrá
agendar hasta 5 familiares directos que residan en el mismo domicilio.
Se consideran familiares directos: padres, hermanos, cónyuges
e hijos. Si más de 5 familiares directos estarán
solicitando visas, se recomienda que obtengan dos PINs a la misma
vez, utilicen el primero para llamar al servicio y agendar las
primeras 5 entrevistas y luego llamar nuevamente lo antes posible,
utilizando el segundo PIN para agendar a los familiares restantes.
No se garantiza que se pueda agendar a todos los miembros de
la familia a la misma hora ni el mismo día. Se deberá
tener la siguiente información de todos los solicitantes
disponible cuando se llame al servicio: nombre completo del solicitante
como figura en el pasaporte, número de pasaporte, ciudad
donde se emitió el pasaporte, fecha de emisión y
expiración del pasaporte, fecha y lugar de nacimiento y
dirección completa del solicitante, incluyendo un teléfono
de contacto en Uruguay.
###
28/03/2007
LOS OFICIALES CONSULARES EN EL
EXTERIOR NUEVAMENTE PUEDEN ACEPTAR CIERTAS SOLICITUDES I-130 PARA
VISAS DE INMIGRANTES
El 22 de enero de 2007, los oficiales consulares fueron instruidos
de no aceptar más los formularios I-130, Solicitudes para
Familiares extranjeros, para ciertas solicitudes de inmigrantes
ya que las oficinas consulares en el exterior carecen de los medios
de verificación de antecedentes penales o criminales de
los solicitantes tal como lo requiere la ley Adam Walsh.
Consecuentemente, el Departamento de Estado y el Servicio de
Inmigraciones de los EEUU (USCIS) han logrado desarrollar un mecanismo
mediante el cual el USCIS realizará las verificaciones
de cada solicitante requeridas por el Adam Walsh Act para las
solicitudes aceptadas por los oficiales consulares en el exterior.
A partir de este momento, los oficiales consulares podrán
aceptar solicitudes por familiares directos de aquellos ciudadanos
americanos que residan en el distrito consular, incluyendo a los
miembros de las fuerzas armadas así como aquellos casos
en que existan casos de verdadera emergencia, tales como de vida
o muerte, salud o seguridad y otros a determinar de acuerdo al
interés nacional. Ejemplos de emergencia incluyen a niños
menores que inesperadamente se queden solos sin una persona a
cargo. Ejemplos de interés nacional es facilitarles a los
militares estadounidenses o funcionarios del gobierno el traslado
a un nuevo destino cuando este está sujeto a la solicitud
de visas de inmigrantes de sus familiares para ser incluidos en
sus órdenes de destino al exterior.
Para demostrar residencia en el distrito consular, el ciudadano
Americano que quiera solicitar a su familiar deberá comprobar
que tiene permiso de residir en el Uruguay y que ha vivido continuamente
por lo menos durante los últimos seis meses anteriores
a presentar la solicitud. Aquellas personas que están en
el país en visita temporaria, incluso sean como estudiantes
o turistas, no se considerará que cumplen con el requisito
de residencia.
Todos los residentes legales permanentes de los EEUU y ciudadanos
americanos residentes en los EEUU o con residencia permanente
en los EEUU deben presentar su solicitud I-130 en la oficina del
servicio de inmigraciones (USCIS) con jurisdicción sobre
el área de su domicilio (como se indica en la página
de USCIS: http://www.uscis.gov/files/form/i-130.pdf).
###
20/03/2007
NUEVO SERVICIO
DE INFORMACIÓN PARA SOLICITUD DE VISAS
A partir del 22 de marzo de 2007, la Embajada
de los Estados Unidos en Uruguay contará con un nuevo Servicio
de Información para todos los solicitantes de visa de no
inmigrante e inmigrante en Uruguay.
Este servicio, basado en modelos similares
actualmente aplicados en más de 35 países
en Europa, América Latina y Asia, ofrece información
precisa y pertinente al público que desea solicitar
una visa de entrada a los Estados Unidos.
El Servicio de Información de Visas
de los Estados Unidos será suministrado en nombre
de la Embajada de los Estados Unidos en Uruguay por Computer
Sciences Corporation conjuntamente con Tele Tech
Call Center con sede en Buenos Aires, Argentina. El
Servicio de Información de Visas telefónico
será la única fuente oficial de información
general de visas de la Embajada de los Estados Unidos y
es el único método autorizado para solicitar
la entrevista personal para una visa de no inmigrante.
El Servicio de Información
de Visas contará con agentes que hablarán
inglés y español que podrán:
• Contestar preguntas sobre solicitudes
de visas de no inmigrante e inmigrante;
• Informar a los solicitantes de visa de no inmigrante
e inmigrante sobre los tipos de visa y documentos necesarios
para cada tipo;
• Otorgar hora y día para entrevistas
de visas de no inmigrante.
Como acceder al Servicio
de Información de Visas:
• Obtener un Número Personal
de Identificación (PIN) en cualquier sucursal de
Abitab mediante pago de U$S 16, pagaderos en pesos uruguayos
(aproximadamente $400);
• El PIN se activará en forma a determinar;
• Los solicitantes podrán hacer múltiples
llamadas con un PIN (hasta 8 minutos por llamado);
• Incluir hasta 5 integrantes directos de una
familia por llamada (ej: esposo, esposa, hijo, hija, hermano,
hermana, madre y padre)
Beneficios del Servicio de
Información de Visas:
• Ofrece una mejor y más personalizada
atención;
• Ofrece más flexibilidad para
organizar la programación de entrevistas;
• Da la posibilidad de cancelación y reinscripción;
• Proporciona mejor información a los solicitantes
de visa con respecto a la entrevista;
• Contesta consultas con respecto al proceso
de solicitud de visa y demás consultas que el público desee
realizar.
Todas las solicitudes de entrevista de
visas de no inmigrante realizadas a través de este
servicio en línea serán respetadas y no será
necesario confirmarlas o reinscribirse. Si un solicitante
con una entrevista otorgada a través de este servicio
en línea desea cancelar o reinscribirse deberá
llamar al nuevo Servicio de Información de Visas.
La Embajada de los Estados Unidos en Montevideo
se complace en anunciar este nuevo servicio, mejorando así
las necesidades de los solicitantes de visa en Uruguay.
La embajada exhorta a todas las personas a solicitar su
visa con tres meses de antelación a su fecha de partida.
Una vez aprobada la visa, el pasaporte será entregado en
un plazo de dos días hábiles.
Por mayor información sobre
el nuevo Servicio de Información de Visas,
contáctese con la sección consular de la embajada
a través de su correo electrónico montevideovisas@state.gov.
###
20/10/2006
FORMULARIOS DE
SOLICITUD DE VISA DE NO INMIGRANTE DEBERÁN COMPLETARSE
OBLIGATORIAMENTE EN FORMA ELECTRÓNICA
A partir del 1 de noviembre de 2006, será obligatorio
para todos los solicitantes de visa de no inmigrante completar
los formularios de solicitud de visa DS-156 (y los demás
que tuviesen que completar acorde a cada caso: DS-157, DS-158)
en forma electrónica a través de la página
web de la Sección Consular.
Al imprimir los formularios correspondientes, los solicitantes
deberán, utilizar una impresora de buena resolución,
para permitir leer apropiadamente el código de barras incluido
en los mismos.
Aquellos solicitantes de visa que se presenten a su entrevista
sin haber completado sus formularios de solicitud en forma electrónica,
deberán obtener una nueva cita a través de nuestro
Servicio de Información de Visas y regresar el día
de su nueva entrevista con dichos formularios completos en forma
electrónica.
Este cambio en el sistema de procesamiento de las solicitudes
de visa, afectará a todos los Consulados de los Estados
Unidos a nivel mundial.
La Embajada de los Estados Unidos agradece la cooperación
a esta solicitud, que permitirá poder procesar - con este
nuevo procedimiento - las solicitudes de visa en forma más
expeditiva
###
4/10/2006
CHIP ELECTRONICO OBLIGATORIO
PARA PODER INGRESAR A LOS ESTADOS UNIDOS SIN VISA
A partir del 26 de octubre de 2006, los pasaportes de los países
que integran el Programa de Exención de Visas, deberán
tener un chip electrónico integrado, capaz de almacenar
tanto los datos biográficos como una fotografía
digital del titular del pasaporte, para poder ingresar a los Estados
Unidos sin visa.
Si el pasaporte no contiene este chip, igual se podrá
viajar sin visa, siempre y cuando haya sido emitido o renovado
por última vez:
• Antes del 26 de octubre de 2005 y sea de lectura mecánica
o electrónica;
• Entre el 26 de octubre de 2005 y el 26 de octubre de
2006 y además de ser de lectura mecánica o electrónica,
incluya una fotografía digital del titular.
Si el pasaporte fue emitido o renovado luego del 26 de octubre
de 2006 y no contiene el chip electrónico mencionado anteriormente,
se deberá solicitar una visa para poder ingresar a los
Estados Unidos.
Los países que participan en el Programa de Exención
de Visas son: Alemania, Andorra, Australia, Austria, Bélgica,
Brunei, Dinamarca, Eslovenia, España, Finlandia, Francia,
Islandia, Irlanda, Italia, Japón, Holanda, Liechtenstein,
Luxemburgo, Mónaco, Nueva Zelanda, Noruega, Portugal, Reino
Unido, San Marino, Singapur, Suecia y Suiza.
###