EMBAJADA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
PROGRAMA DE EXENCIÓN DE VISAS

Viajar sin visa

A partir del 26 de octubre de 2006, los pasaportes de los países que integran el Programa de Exención de Visas, deberán tener un chip electrónico integrado, capaz de almacenar tanto los datos biográficos como una fotografía digital del titular del pasaporte, para poder ingresar a los Estados Unidos sin visa.

Si el pasaporte no contiene este chip, igual se podrá viajar sin visa, siempre y cuando haya sido emitido o renovado por última vez:

> antes del 26 de octubre de 2005 y sea de lectura mecánica o electrónica:

este código de lectura mecánica se encuentra al pie de la hoja de la foto y los datos biográficos de su pasaporte.

Ejemplo:

>>>>>APELLIDO>>>> NOMBRE>>>>>>>>>

>>>>>NUMERO DE PASAPORTE>>>>>>FECHA DE NACIMIENTO (escrita de atrás para adelante) >>>>>>>

> entre el 26 de octubre de 2005 y el 26 de octubre de 2006 y además de ser de lectura mecánica o electrónica, incluya una fotografía digital del titular.

Si el pasaporte fue emitido o renovado después del 26 de octubre de 2006 y no contiene el chip electrónico mencionado anteriormente, se deberá solicitar una visa para poder ingresar a los Estados Unidos.

Además, para viajar sin visa bajo el Programa de Exención de Visas usted deberá:

-- Poseer un pasaporte válido y vigente de un país perteneciente al Programa de exención de visas (vea listado abajo);

-- Viajar por turismo, negocios o tránsito;

-- Permanecer en los Estados Unidos por un periodo no mayor a 90 días;

-- Poseer un pasaje de viaje marcado de ida y vuelta;

-- Poseer un pasaporte válido por al menos 90 días desde la fecha de ingreso a los Estados unidos.

Nota importante

Si sus planes de viaje terminan en Canadá, Méjico, las Bermudas o el Caribe, Usted debe ser un residente legal de esos países;

Usted debe solicitar una visa si desea estudiar, trabajar o permanecer mas de 90 días en los Estados Unidos;

NO le será permitido el ingreso a los Estados Unidos si Usted, le ha sido denegada la admisión, o ha sido deportado por haber permanecido más del tiempo permitido para países del Programa de exención de visas;

NO se le permitirá extender su periodo autorizado de estadía en los Estados Unidos.

Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje (ESTA)

A partir del 1 de agosto del 2008, el Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje (ESTA) será accesible a través de Internet para los ciudadanos y nacionales elegibles de los países participantes en el Programa de exención de visado (VWP, por su sigla en inglés) para solicitar por adelantado una autorización de viaje a Estados Unidos bajo el VWP.

Inicialmente, el ESTA solo estará disponible en inglés. Después estará disponible en otros idiomas. A partir del 12 de enero del 2009, todos los viajeros bajo el VWP estarán obligados a conseguir una autorización de viaje electrónica antes de embarcar en un transporte para viajar por aire o mar hacia EE.UU. bajo el VWP.

Por mayor información, véase: Nuevo programa de autorización previa al viaje para visitantes con exención de visado.


Listado de los Países que intergran el Programa de Exención de Visas:

Alemania - Andorra - Australia - Austria - Bélgica - Brunei - Dinamarca - Eslovenia - España - Finlandia - Francia - Holanda - Irlanda - Islandia - Italia - Japón - Liechtenstein - Luxemburgo - Mónaco - Noruega - Nueva Zelanda - Portugal - Reino Unido - San Marino - Singapur - Suecia - Suiza