EMBAJADA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
VISA PARA ARTISTA PROFESIONAL O ATLETA (O y P)

Qué es una visa O?

Las personas con habilidades extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios y atletismo, o con logros extraordinarios en producción de cine y televisión pueden calificar para recibir una visa O-1. Para iniciar el proceso, el patrocinador o futuro empleador deberá llenar la Forma I-129 (Petición para Trabajador Temporal) en los Estados Unidos ante el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos. De ser aprobada, el USCIS le enviará al empleador una Forma I-797 (“Notice of Action”). El beneficiario podrá entonces solicitar una visa O ante el Consulado de los Estados Unidos en Montevideo.

Qué es una visa P?

La visa P es para ciertos atletas, artistas y entrenadores que deseen vivir y trabajar en los Estados Unidos de manera temporal. Para iniciar el proceso, el futuro empleador deberá llenar la Forma I-129 (Petición para Trabajador Temporal) en los Estados Unidos ante el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos. De ser aprobada, el USCIS le enviará al empleador una Forma I-797 (“Notice of Action”). El beneficiario podrá entonces solicitar una visa P ante el Consulado de los Estados Unidos en Montevideo.

Visa P-1 (Atletas/Artistas Reconocidos Internacionalmente)

Un atleta o artista reconocido internacionalmente y que viaje a los Estados Unidos para participar en una competencia o evento artístico como miembro de un grupo así como su personal esencial de trabajo, requieren visas de tipo P-1.

Visa P-2 (Artistas que participen de un Programa Recíproco de Intercambio)

Artistas que viajen a los Estados Unidos, solos o como parte de un grupo bajo un programa recíproco de intercambio entre los Estados Unidos y otro país.

Visa P-3 (Programas Únicos Culturales)

Un artista que viaje a los Estados Unidos para realizar una presentación, enseñar o entrenar, solo o como miembro de un grupo, bajo un programa único cultural requiere una visa de tipo P-3.

Visa P-4 (Dependietes de titulares de visas P-1 a P-3)

Los cónyuges e hijos/as solteros/as, menores de 21 años de edad pueden recibir una visa de tipo P4, para viajar a los Estados Unidos acompañando al titular de una visa P1 a P3. Los cónyuges no pueden aceptar empleo. Los menores con visas de tipo P4 pueden asistir a escuelas públicas o privadas.


DOCUMENTACION A PRESENTAR

• La petición aprobada (Formulario I-797 original: “Notice of Action”) por el Departamento de la Seguridad del Territorio Nacional (DHS) que deberá solicita el intermediario o contratante en los Estados Unidos;

• Pruebas del trabajo de la/el solicitante, por medio del cual calificaría para la visa (artículos de revistas o periódicos sobre la/el solicitante, medallas o escudos de competencias o eventos, fotos de eventos);

• Sólo para solicitantes derivados P4:
  a. Si el solicitante principal no presenta la solicitud al mismo tiempo: Una copia de la documentación del solicitante principal (copia del formulario I-797, etc.);
  b. Comprobante de parentesco, partida de nacimiento o libreta de matrimonio con hijos incluidos en la misma;
  c. Copia de la visa del solicitante principal, junto con comprobante de que el solicitante principal está manteniendo su status, como carta del empleo actual o recibos de sueldo;

• Documentación general de solicitud.

Notas Importantes:

• Debido a recursos limitados, el Consulado no puede procesar casos basados en petición de solicitantes que no sean residentes legales en el Uruguay;

• Como resultado de estrictas medidas de seguridad, algunas solicitudes pueden requerir más tiempo para procesarse. Este proceso no puede acelerarse, así que usted no debe hacer planes finales de viaje o comprar pasajes hasta tanto no reciba su visa. Las solicitantes de visa nunca deben asumir que su solicitud será aprobada.

» Instrucciones para Solicitar una Visa de No-Inmigrante