<%@ Language=VBScript %> INFORME ANUAL POR PAISES SOBRE PRACTICAS DE DERECHOS HUMANOS 2007: URUGUAY //
EMBAJADA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
	- Las versiones en Español y en Inglés de este sitio no son idénticas. Sugerimos consultar el contenido de ambas para una mayor cobertura.
Principal | Oficinas de la Embajada | Consulado | Multimedia | Archivos | Contacto | English
Imprimir  |   | ENGLISH

SEGMENTO SOBRE URUGUAY
DEL INFORME ANUAL POR PAISES SOBRE PRACTICAS DE DERECHOS HUMANOS 2007


Publicado: 11 de marzo de 2008

La República Oriental del Uruguay, con una población de aproximadamente 3,4 millones de habitantes, es una república constitucional con un presidente elegido y un parlamento integrado por dos cámaras. En octubre de 2004, en elecciones multipartidarias, libres y justas, Tabaré Vázquez, líder de la coalición Frente Amplio (FA) obtuvo un mandato presidencial de 5 años y la mayoría en el Parlamento. Las autoridades civiles mantuvieron, en general, el control efectivo de las fuerzas de seguridad.

En general, el gobierno respetó los derechos de sus ciudadanos. Las condiciones de las cárceles continuaron siendo insuficientes. La violencia contra las mujeres y la discriminación contra algunos grupos sociales continuaron desafiando las políticas de no discriminación del gobierno. Se presentaron algunos casos de trata de personas

RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS

SECCIÓN 1 - Respeto por la integridad de la persona, inclusive ausencia de:

  a. Casos de muerte arbitraria o ilegítima

No hubo denuncias de que el gobierno o sus agentes cometieran asesinatos arbitrarios o ilegales.

El gobierno continuó investigando las graves violaciones de los derechos humanos cometidos durante la dictadura militar entre 1973 y 1985. En el mes de setiembre, el Tribunal de apelaciones confirmó las condenas de Juan María Bordaberry y del ex Ministro de Relaciones Exteriores Juan Carlos Blanco dictadas en 2006 por los cargos de homicidio durante la presidencia de facto de Bordaberry en el período 1973-1976.

  b. Desaparecidos

No hubo denuncias de personas desaparecidas por motivos políticos.

  c. Tortura y otros casos de tratamiento o castigo cruel, inhumano o degradante

La legislación prohíbe estas prácticas, y no hubo denuncias de que oficiales de gobierno las emplearan. Es cometido del Poder Judicial y del Parlamento investigar acusaciones concretas de abuso.

  - Condiciones de las prisiones y centros de detención

Las condiciones de las prisiones continuaron siendo insuficientes, ya que las envejecidas instalaciones no fueron mantenidas adecuadamente. Muchos prisioneros permanecieron en celdas superpobladas durante 23 horas o más al día; la violencia entre prisioneros continuó. Los detenidos casi nunca presentan quejas, pero el gobierno investigó las que fueron presentadas.

El gobierno mejoró las condiciones en los centros de detención del país, incluso la renovación de 380 celdas en la cárcel de Libertad. A pesar de estas mejoras, los funcionarios de gobierno reconocieron que el rubro destinado a alimentos, ropa de cama y vestimenta continuó siendo insuficiente. El acceso a atención médica, actividades recreativas y capacitación también fueron insuficientes. Se informó que las prisiones del interior, con menor número de prisioneros estaban mejor mantenidas y ofrecían mejores condiciones.

La constante superpoblación tuvo como resultado problemas sanitarios, sociales y de salud en las principales cárceles. El gobierno continuó alojando algunos prisioneros en contenedores de embarque modificados, que carecían de agua corriente y con problemas sanitarios.

El sistema penal sufrió asimismo de insuficiencia de personal y corrupción. Las autoridades no siempre separaron a los prisioneros de acuerdo con la gravedad de sus delitos. Se ingresaban ilegalmente narcóticos, armas, municiones y teléfonos celulares a las cárceles, presuntamente mediante soborno a los guardias. Los oficiales de las cárceles adoptaron medidas para regularizar la visita de familiares, pero continuaron los problemas de acceso.

Las prisioneras fueron mantenidas en instalaciones separadas de los prisioneros con la excepción de la cárcel de Artigas, en donde las mujeres fueron alojadas en un local separado dentro de la misma cárcel. En general, las condiciones para las prisioneras fueron significativamente mejores que para los prisioneros, debido a la reducida población y a la disponibilidad de oportunidades de capacitación y educación.

El Instituto del Niño y Adolescente de Uruguay (INAU) dirigió instituciones para alojar a menores detenidos. Los jóvenes que cometieron delitos graves fueron encarcelados en centros de detención juvenil, que se asemejan a las cárceles tradicionales con celdas. Las condiciones en algunos de estos locales presentaron la misma insuficiencia que las cárceles para adultos. Se permitió a algunos jóvenes salir de sus celdas solamente una hora por día.

Los jueces enviaron a la mayoría de los delincuentes juveniles a centros de reinserción cuya finalidad es la rehabilitación. Estos centros ofrecieron oportunidades educativas, de enseñanza técnica y otras, y los residentes podían entrar y salir sin restricciones.

Los detenidos que se encontraban a la espera del juicio estuvieron recluidos junto a los prisioneros que ya tenían condena.

El gobierno permitió visitas generales de cárceles a observadores independientes de derechos humanos, así como la visitas a prisioneros y visitas por parte de diplomáticos extranjeros. Un Ombusdman del sistema carcelario elegido por la Asamblea General es responsable de hacer el seguimiento e informar tanto al Parlamento como al gobierno con respecto a las condiciones de las cárceles.

  d. Arresto o detención arbitraria

La ley prohíbe el arresto y detención arbitrarios y el gobierno, en general, respetó estas prohibiciones en la práctica. La ley exige a la policía contar con una orden escrita expedida por un juez antes de hacer un arresto (salvo cuando la policía aprehende al acusado durante la comisión de un delito), y las autoridades, en general, respetaron esta disposición en la práctica.

  - Función de la policía y aparato de seguridad

Las autoridades civiles mantuvieron el control eficaz sobre la Policía Nacional, y el gobierno cuenta con mecanismos eficaces para investigar y castigar abusos y corrupción. No hubo denuncias de impunidad que afectaran a las fuerzas de seguridad durante el año.

  - Arresto y detención

La ley dispone que el detenido tiene derecho a una pronta decisión judicial sobre la legalidad de la detención, que no siempre se respetó, y exige que la autoridad que hace la detención explique los motivos legales de la misma. La policía puede mantener a un detenido incomunicado durante 24 horas antes de presentar el caso ante un juez, momento en el que el detenido tiene derecho a defensor. La ley estipula que las confesiones obtenidas por la policía antes de que un detenido comparezca ante un juez y defensor (sin la presencia de la policía) carecen de validez. Además, el juez debe investigar cualquier reclamación del detenido por maltrato.

Si el detenido no puede pagar a un abogado, el juzgado designa a un defensor de oficio. Los jueces casi nunca conceden libertad bajo fianza a personas acusadas de delitos con penas de por lo menos dos años de prisión. La mayoría de las personas que enfrentan acusaciones menores no fueron encarceladas. Entre el 60 y el 65 por ciento de todas las personas encarceladas estaban a la espera de una decisión definitiva sobre su caso. Algunos detenidos permanecen años en prisión a la espera del juicio, y la incertidumbre y el tiempo de detención contribuyeron a la tensión en las cárceles.

  e. Denegación de juicio público justo

La Constitución prevé un Poder Judicial independiente, y el gobierno, en general, respetó la independencia judicial en la práctica.

La Suprema Corte encabeza el sistema judicial y supervisa el trabajo de los tribunales y juzgados. Un sistema militar paralelo funciona bajo el Código de Justicia Militar. Dos jueces militares están presentes en la Suprema Corte y participan solo en los casos que afectan a militares. La justicia militar se aplica a los civiles solamente durante el estado de guerra o insurrección.

  - Procedimientos judiciales

La Constitución establece el derecho a un juicio justo, y en general, un poder judicial independiente hizo valer este derecho. No se usan los jurados; por lo general, los procedimientos judiciales consisten en alegatos escritos al juez, que normalmente no se hacen públicos. Solamente el juez, el fiscal y el defensor tienen acceso a todos los documentos que forman parte del expediente escrito. Los grupos de derechos humanos denunciaron cierta dificultad en mantener la reserva entre el cliente y el defensor. Los jueces tienen la opción de conocer los argumentos orales, pero la mayoría de los jueces optan por el método escrito, factor principal que enlentece el proceso judicial. Los acusados gozan de la presunción de inocencia. Los juicios penales se realizan en los juzgados de primera instancia. Los procesados tienen el derecho de apelación.

  - Detenidos y prisioneros políticos

No hubo denuncias de prisioneros o detenidos por razones políticas.

  - Procedimientos judiciales civiles y recursos

Existen procedimientos administrativos transparentes para manejar las reclamaciones de abuso contra agentes del gobierno. Un poder judicial independiente e imparcial conoce en las causas civiles, pero sus decisiones no se hicieron cumplir eficazmente. La policía local no dispuso de la capacitación y personal para hacer cumplir las prohibiciones judiciales, que fueron el resultado más común de las causas civiles.

  f. Interferencia arbitraria con la privacidad, familia, hogar o correspondencia

La legislación prohíbe dichas prácticas, y el gobierno, en general, respetó estas prohibiciones en la práctica.

SECCIÓN 2 - Respeto de las libertades civiles, incluso:

  a. Libertad de expresión y de prensa

La ley establece la libertad de expresión y de prensa, y el gobierno, en general, respetó estos derechos en la práctica. Una prensa independiente, un poder judicial eficaz y un sistema político democrático en vigencia se aunaron para asegurar la libertad de expresión y de prensa.

  - Libertad en Internet

No hubo restricción por parte del gobierno con respecto a Internet; tampoco hubo denuncias de que el gobierno controlara el correo electrónico o los “chatrooms” de Internet. Las personas y grupos pudieron expresar pacíficamente sus opiniones a través de Internet, incluso por correo electrónico.

  - Libertad académica y eventos culturales

No hubo restricciones del gobierno con respecto a la libertad académica o eventos culturales.

  b. Libertad de reunión pacífica y asociación

La ley establece la libertad de reunión y asociación, y el gobierno, en general, respetó estos derechos en la práctica.

  c. Libertad de culto

La ley establece la libertad de culto y el gobierno, en general, respetó este derecho en la práctica.

  - Abusos y discriminación sociales

Los líderes de la comunidad judía informaron que funcionarios del gobierno y la sociedad en general respetaron a los miembros de su comunidad, cuyo número asciende a aproximadamente 24.000 mil. Los líderes judíos no observaron un aumento importante de la cantidad de graffiti antisemita en todo el país e informaron sobre la cooperación eficaz con la policía que investigó incidentes de antisemitismo. Las autoridades acusaron a cuatro personas que escribieron graffiti en el año 2006.

Por un análisis más detallado, véase el Informe Internacional de Libertad de Culto de 2007.

  d. Libertad de movimiento, personal desplazadas internamente, protección de refugiados y personas sin patria

La ley establece la libertad de movimiento dentro del país, viajes al extranjero, emigración y repatriación, y el gobierno, en general, respetó estos derechos en la práctica. La ley dispone que en casos extremos de emergencia nacional, se puede dar la opción a una persona de abandonar el país como alternativa a un juicio o prisión; sin embargo, esta opción no se ha ejercido por lo menos durante las últimas dos décadas.

  - Protección de refugiados

La ley establece la concesión del estatuto de refugiado de acuerdo con la Convención relativa al Estatuto de los Refugiados de las Naciones Unidas de 1951 y su protocolo de 1967, y el gobierno ha establecido un sistema para proporcionar protección a los refugiados. En la práctica, el gobierno otorgó la protección necesaria, no permitiendo la devolución de personas a un país donde existen motivos para creer que podían ser perseguidos. El gobierno concedió estatuto de refugiado y concede asilo solamente por delitos políticos según establece el Tratado de La Habana de 1928, el Tratado de Montevideo de 1889 y la Convención de Caracas de 1954. Durante el año, el gobierno aceptó a 14 refugiados con fines de reasentamiento. El gobierno cooperó con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y otras organizaciones humanitarias asistiendo a refugiados y a quienes procuraron asilo.

SECCIÓN 3 - Respeto por los derechos políticos El derecho de los ciudadanos de cambiar su gobierno

La ley establece el derecho de los ciudadanos de cambiar su gobierno en forma pacífica, y los ciudadanos ejercieron este derecho en la práctica a través de elecciones periódicas, libres y transparentes celebradas sobre la base del sufragio universal.

  - Elecciones y participación política

En octubre de 2004, Tabaré Vázquez, de la coalición Frente Amplio (FA), obtuvo el mandato presidencial de cinco años en elecciones libres y transparentes. El FA ganó 16 de las 30 bancas del Senado y 52 de las 99 bancas de la Cámara de Representantes. El Presidente Vázquez asumió el mando el 1º de marzo de 2005.

Los partidos políticos pudieron actuar sin restricciones o interferencias externas.

Las mujeres participaron activamente en el proceso político y en el gobierno, aunque fundamentalmente en los niveles medio y bajo. Cuatro de los 30 senadores y 11 de los 99 diputados son mujeres. Tres de los 13 ministros que componen el gabinete eran mujeres. Hay un afro-uruguayo entre los 99 diputados.

  - Corrupción y transparencia en el gobierno

La legislación establece sanciones penales por corrupción a nivel oficial, y el gobierno, en general, implementó esta legislación en forma eficaz. Hubo denuncias aisladas de corrupción en el gobierno durante el año.

Los funcionarios públicos están sujetos a la legislación sobre divulgación de información financiera. Una comisión del gobierno en materia económica y financiera recaba declaraciones juradas de información financiera de empleados públicos, incluso el presidente.

Aunque no hay una legislación sobre divulgación de información, el gobierno exige a todas las dependencias gubernamentales presentar regularmente informes públicos. Todos los organismos cumplieron con estos requisitos de presentación de informes.

SECCIÓN 4 - Actitud del gobierno con relación a la investigación internacional y no gubernamental de presuntas violaciones de los derechos humanos

Una serie de grupos nacionales e internacionales de derechos humanos actuaron, en general, sin restricción por parte del gobierno, investigando y publicando los resultados de sus investigaciones sobre casos de derechos humanos. En general, los funcionarios gubernamentales cooperaron y fueron receptivos a sus opiniones.

SECCIÓN 5 - Discriminación, abusos y trata de personas

La ley prohíbe la discriminación basada en raza, género, religión o incapacidad. Sin embargo, existió discriminación social contra algunos grupos.

  - Mujeres

La ley penaliza la violación, incluso la violación a nivel conyugal. De enero a setiembre, la policía recibió 213 denuncias de violación a nivel nacional y 566 denuncias de otros delitos sexuales. Sobre la base de las estadísticas de Montevideo correspondientes al primer trimestre (el departamento con mayor población), la violencia doméstica fue responsable del 39 por ciento de los casos de violación y 14 por ciento de intento de violación. Las autoridades consideraron que algunas víctimas de violación conyugal no denunciaron dichos incidentes por no comprender sus derechos y por temor al estigma social.

La violencia contra las mujeres continuó siendo un problema importante, aumentando 50 por ciento con respecto a 2006. De las 29 mujeres víctimas de homicidio en el año finalizado en octubre, 17 fallecieron en situaciones relacionadas con violencia doméstica: 60 por ciento de los asesinatos fueron cometidos por la pareja o ex pareja de la víctima. De enero a setiembre, el Ministerio del Interior informó que hubo 7.577 casos de violencia doméstica, concentrándose el índice más alto en Montevideo y en el Departamento de Canelones. La ley establece penas de 6 meses a 2 años de prisión para la persona que es declarada culpable de cometer un acto de violencia o de hacer amenazas continuas para causar lesiones corporales a personas relacionadas emocional o legalmente con el autor del delito. Sin embargo, los juzgados civiles resolvieron la mayor parte de casos de violencia doméstica durante el año. Con frecuencia, los jueces en esos casos emitieron órdenes de restricción que fueron de difícil cumplimiento. En muchos casos, la justicia no aplicó sanciones penales.

La empresa telefónica estatal ofreció una línea pública directa gratuita a nivel nacional atendida por empleados capacitados de organizaciones no gubernamentales (ONG) para víctimas de la violencia doméstica. Una dirección dentro del Ministerio del Interior coordinó la labor de centros de asistencia comunitaria donde las víctimas de abuso recibieron información y fueron derivadas a organizaciones de gobierno o privadas para recibir asistencia. Tanto el Ministerio del Interior como diferentes ONG atendieron centros en que las mujeres sometidas a abusos y sus familias pudieron buscar refugio provisorio.

La prostitución es legal para personas mayores de 18 años, y fue visible en las ciudades más grandes y centros turísticos. No se conocieron denuncias de abuso policial cometido contra personas que ejercen la prostitución. La trata de mujeres con fines de prostitución fue un problema.

La ley prohíbe el acoso sexual en el lugar de trabajo y lo castiga con multas o prisión. Sin embargo, se presentaron pocas quejas de esta naturaleza, circunstancia que se atribuyó a una falta de comprensión de sus derechos por parte de las mujeres.

En el sistema judicial, las mujeres gozaron de los mismos derechos que los hombres, incluso los contemplados por la legislación de familia y de bienes. Sin embargo, enfrentaron discriminación proveniente de actitudes y prácticas tradicionales; nunca han existido litigios por discriminación de género. Hubo algunos casos de segregación por género en la fuerza laboral. Las mujeres constituyeron casi la mitad de la fuerza laboral, pero con una tendencia a estar concentradas en los puestos de trabajo que perciben remuneraciones más bajas; el promedio de sus salarios fue dos tercios de los de los hombres. Con frecuencia, las mujeres siguieron carreras profesionales, y aproximadamente el 60 por ciento de los estudiantes de la universidad pública fueron mujeres.

  - Niños

El gobierno se comprometió a proteger los derechos y bienestar de los niños y da a la educación y la salud de los niños el más alto grado de prioridad. El INAU supervisa la implementación de los programa de gobierno destinados a los niños. El gobierno dispuso la educación obligatoria y gratuita a nivel pre-escolar, primario y secundario, y el 95 por ciento de los niños culminaron su educación primaria. Las niñas y niños reciben igual tratamiento. La universidad nacional dispone de educación gratuita hasta la finalización del nivel universitario.

Los niños y niñas tuvieron igual acceso a la atención médica, que fue gratuita para todos los ciudadanos.

No existe patrón social de abuso de niños.

Las encuestas de opinión y datos de arrestos indicaron que la explotación de niños con fines de prostitución fue un problema.

  - Trata de personas

Si bien la legislación prohíbe la trata de menores y los abusos relacionados, no incluye disposiciones especiales que contemplen la trata de personas a través de fronteras internacionales. Existieron algunas pruebas de trata de personas desde el país, a través del país y dentro del país.

El país fue fuente, punto de tránsito y rara vez destino de trata de personas. Según se informa, la trata interna de personas, fundamentalmente relacionada con la prostitución, también constituyó un problema. Las fronteras porosas facilitaron el tránsito hacia y desde Argentina y Brasil. Según se informó, hubo trata de mujeres a España e Italia con fines de explotación sexual. Una ONG local estimó que el número de personas que fueron objeto de trata tanto desde el país como a través del país había aumentado; sin embargo, no hubo estimaciones confiables sobre el número de personas afectadas o la proporción que fue obligada a la prostitución por medio de fraude o sujeta a condiciones casi de servidumbre.

De acuerdo con fuentes policiales, la explotación sexual comercial de mujeres y niños se dio en los departamentos más próximos a las fronteras con Argentina y Brasil, en particular en Paysandú, Salto y Colonia. Las organizaciones de protección a la infancia y grupos independientes de investigación expresaron su preocupación con respecto a posibles redes de prostitución que explotan a niños en Montevideo, en las zonas fronterizas antes mencionada y en las zonas turísticas de Punta del Este y Maldonado. Hubo asimismo denuncias de prostitución referidas a varones. El INAU tomó conocimiento de que los menores dedicados a la prostitución, con frecuencia lo hacían para ayudar a sus familias, que en muchos casos permitieron o promovieron activamente esta actividad.

La legislación penaliza la trata de menores y prevé sanciones que van de 6 meses de prisión a 12 años de penitenciaría. Las actividades relacionadas con la trata de adultos pueden y han sido sometidas a la justicia como combinación de delitos ya incluidos en el Código Penal, como corrupción, conspiración, fraude y trabajo forzoso. Es cometido fundamental del Ministerio del Interior investigar los casos de trata y llevar una base de datos de todas las actividades relacionadas. Las autoridades respondieron rápidamente a dos casos de trata de personas que salieron a la luz durante el año. En mayo, las autoridades detuvieron a 16 peruanos que estaban en tránsito en el país en camino a Europa e incautaron pasaportes falsos de Venezuela, Colombia y Ecuador que estaban usando. A fin de año, las personas continuaban en prisión a la espera de que se terminara una investigación por sospecha relacionada con contrabando de drogas. En junio, el gobierno colaboró con Interpol para detectar y desmantelar una operación para traficar trabajadores chinos a Europa a través del país; cuatro ciudadanos chinos fueron repatriados a China.

La Organización Internacional para las Migraciones y el INAU continuaron sus esfuerzos para lograr una mayor conciencia de los temas de trata de personas y aumentar la capacidad local, departamental y nacional para combatir la trata de personas en zonas turísticas y a lo largo de la frontera con Brasil, la cual no está sujeta a un control estricto. La Comisión Interdepartamental para la Prevención y Protección de Niños contra la Explotación Sexual continuó trabajando con el INAU para proteger a las víctimas y testigos, pero informaron que carecen de recursos para proseguir con estos objetivos.

El INAU suministró fondos a un número de ONG que tenían programas para asistir a los niños en situación de riesgo, así como a víctimas de violencia doméstica y explotación sexual. No existen programas específicos para asistir a las víctimas; la asistencia se presta caso por caso.

El Ministerio de Educación produjo anuncios de servicio público contra la trata de personas, que se transmitieron en la televisión nacional. El gobierno difundió información y capacitó a algunas fuerzas policiales en la legislación sobre combate a la trata de personas.

  - Personas que discapacidades

La ley prohíbe la discriminación contra personas con discapacidades, pero el gobierno no hizo cumplir estas disposiciones eficazmente. Las entidades locales no destinaron recursos para ofrecer espacios adecuados para los discapacitados. Con frecuencia, las personas con discapacidades experimentaron discriminación en el empleo a pesar de los esfuerzos del gobierno para ayudar en los casos individuales. El gobierno no hizo discriminación contra personas con discapacidad y prestó servicios adicionales de acuerdo con los recursos; sin embargo, existieron dificultades en el transporte que impidieron a algunas personas a acceder a estos servicios.

Una comisión nacional para discapacitados supervisa la implementación de una ley sobre los derechos de las personas con discapacidades. La ley exige el fácil acceso para personas discapacitadas a nuevos edificios o servicios públicos; sin embargo, la ley no se aplicó en forma sistemática. La ley reserva un 4 por ciento de los puestos de trabajo del sector público para personas con discapacidades, pero la cuota no fue llenada. El país tiene un sistema, en general, excelente de salud mental e interés en los derechos de las personas con discapacidad mental.

  - Minorías nacionales/raciales/étnicas

La minoría afro-uruguaya del país continuó enfrentando discriminación social. Un estudio del Instituto Nacional de Estadísticas indicó que los afro-uruguayos comprendían el 9,1 por ciento de la población y los descendientes indígenas constituían otro 2,9 por ciento. El informe concluyó que el 50 por ciento de los afro-uruguayos eran pobres y sufrieron discriminación. La ONG Afro Mundo confirmó esta información, indicando que un mayor porcentaje de afro-uruguayos trabajaron como obreros no calificados que miembros de otros grupos de la sociedad, a pesar de tener niveles de educación equivalentes. Los afro-uruguayos prácticamente no estuvieron representados en el Parlamento o el gabinete, los sectores burocráticos y académicos, o en los niveles medio y superior de las empresas del sector privado.

  - Otros abusos y discriminación sociales

Hubo un número limitado de informes de discriminación no violenta ocasional basada en orientación sexual y contra personas con VIH/SIDA.

SECCIÓN 6 - Derechos de los trabajadores

  a. El derecho de asociación

La Constitución concede el derecho de asociación, y la ley promueve la constitución de sindicatos y la creación de órganos de arbitraje, y protege a los líderes sindicales y negociadores contra discriminación en el lugar de trabajo. Tradicionalmente, los sindicatos se organizaron y funcionaron sin reglamentación gubernamental. Los empleados civiles, empleados de empresas estatales y trabajadores de empresas privadas pueden afiliarse a sindicatos. La afiliación a sindicatos fue más alta en el sector público (más del 42 por ciento) que en el sector privado (aproximadamente 10 por ciento).

La ley prohíbe expresamente la discriminación antisindical. La ley exige que los empleadores vuelvan a contratar a los trabajadores despedidos por actividades gremiales y exige a los empleadores pagar indemnización a dichos trabajadores. La División de Negociación Colectiva del Ministerio de Trabajo investiga las reclamaciones de discriminación antisindical realizadas por sindicalistas. En general existen mecanismos eficaces para resolver las reclamaciones de trabajadores contra los empleadores. Sin embargo, no hubo nuevos acontecimientos en la reclamación de agosto de 2005 por parte de trabajadores de que una empresa de medios de comunicación despidió a varios trabajadores por sus actividades sindicales.

  b. El derecho de organización y negociación colectiva

La ley permite a los sindicatos realizar sus actividades sin interferencia, y el gobierno protegió este derecho. La ley también protege la negociación colectiva, y la misma fue practicada libremente. La Constitución prevé el derecho de huelga de los trabajadores, y estos ejercen este derecho en la práctica.

El gobierno puede obligar legalmente a los trabajadores a trabajar durante una huelga si prestan servicios esenciales, que, de ser interrumpidos, “podrían causar un grave perjuicio o riesgo, provocando sufrimiento a parte o a toda la sociedad.” El gobierno invocó esta facultad en el mes de mayo durante un paro de controladores de tráfico aéreo y en el mes de agosto durante un paro de anestesistas.

La negociación colectiva entre las empresas y sus gremios determina una serie de salarios del sector privado. El Poder Ejecutivo, actuando en forma independiente, determina los salarios del sector público.

Toda la legislación laboral ampara a los trabajadores empleados en las ocho zonas especiales de exportación. No hubo sindicatos en estas zonas, pero el gobierno no prohibió su constitución.

  c. Prohibición de trabajo forzado u obligatorio

La ley prohíbe el trabajo forzado u obligatorio, incluso de niños; sin embargo, hubo denuncias de que tales prácticas ocurrieron (véase Parte 5).

  d. Prohibición de trabajo infantil y edad mínima de empleo

La ley protege a los menores contra la explotación en el lugar de trabajo, incluso la prohibición de trabajo forzoso u obligatorio. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social tiene la función de exigir su cumplimiento. El cumplimiento fue difícil debido a la falta de recursos y al hecho de que la mayoría del trabajo infantil se encontraba en el sector informal. Algunos niños trabajaron como vendedores en la calle en el sector informal o en actividades agrícolas, áreas que, en general, están reglamentadas en forma menos estricta y en donde la paga es menor que en el sector formal. Se recibieron denuncias de padres que entregan sus hijos a terceros para el servicio doméstico o labores agrícolas a cambio de alimentos y vivienda.

La ley prohíbe trabajar a menores de 15 años, y en general, esta ley se cumplió en la práctica. Los menores entre 15 y 18 años requieren permiso del gobierno para trabajar, y no se concede tal permiso para trabajos peligrosos, que causan fatiga o para trabajo nocturno. Todos los trabajadores menores de 18 años deben someterse a un examen físico para determinar la existencia de daño físico relacionado con el trabajo. Los niños entre 15 y 18 años no pueden trabajar más de 6 horas por día dentro de una semana laboral de 36 horas y no pueden trabajar entre las 22:00 y las 6:00 horas.

El permiso para trabajar solo se concede a menores que han finalizado nueve años de educación obligatoria o que siguen estando inscriptos en la escuela y están trabajando para finalizar la educación obligatoria. Los controles sobre los salarios y horarios para niños son más estrictos que para los adultos. Los niños tienen el derecho de disponer de sus propios ingresos.

El INAU implementa normas para prevenir y regular el trabajo infantil y ofrece capacitación sobre temas de trabajo infantil. El INAU también trabaja en estrecha colaboración con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para investigar denuncias de trabajo infantil, y con el Ministerio del Interior para entablar las acciones judiciales pertinentes. El INAU cuenta con siete inspectores capacitados para atender un estimado de 2.000 inspecciones por año.

  e. Condiciones aceptables de trabajo

El Ministerio de Trabajo pone en vigor un salario mínimo mensual establecido por ley, que se aplica tanto al sector público como al sector privado. El Ministerio ajusta el salario mínimo cada vez que ajusta los salarios del sector público. El salario mínimo de US$137 (3.244 pesos) por mes, funciona más como un índice para el cálculo de los índices salariales que como una medida real de niveles mínimos de subsistencia, y no ofrece un nivel de vida decente para un trabajador y familia. La gran mayoría de los trabajadores ganan más que el salario mínimo.

La semana normal de trabajo es de 44 a 48 horas, según el tipo de industria, y los empleadores deben dar a los empleados un período de 36 horas de tiempo libre cada semana. La ley estipula que los trabajadores de la industria reciben remuneración extraordinaria por el trabajo que excede las 48 horas. La ley da derecho a los trabajadores a 20 días de licencia paga después de un año de empleo y prohíbe las horas extraordinarias obligatorias que superen la semana laboral de 50 horas.

La ley protege a los trabajadores extranjeros y no discrimina contra ellos, pero la protección oficial exige que las empresas declaren a los trabajadores extranjeros como empleados. Muchos trabajadores nacionales y extranjeros trabajaron informalmente, perdiendo de ese modo el derecho a determinadas protecciones legales.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social pone en vigor leyes que regulan las condiciones de salud y seguridad en una forma generalmente efectiva. Sin embargo, algunos de los reglamentos amparan a los trabajadores industriales urbanos en forma más adecuada que a los trabajadores rurales y agrícolas. Los trabajadores tienen el derecho de retirarse de lo que consideran condiciones peligrosas o riesgosas sin poner en peligro su empleo; el gobierno respetó este derecho en forma efectiva, pero algunos trabajadores reclamaron una pérdida posterior de otros privilegios en el trabajo por su negativa a trabajar en condiciones inseguras.

______________________

>Informe Anual Por Países Sobre Prácticas de Derechos Humanos 2007 (en inglés)



Documento sin título Pagina Principal l Atrás
 
Documento sin título
Principal | Oficinas de la Embajada | Consulado | Multimedia | Archivos | Contacto | English